Convención aprobó consagrar los derechos reproductivos
El pleno del órgano constituyente visó en general artículo que habla de la interrupción voluntaria del embarazo.
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La Convención Constitucional tuvo ayer una larga jornada de votaciones que incluyeron principalmente propuestas de la Comisión de Derechos Fundamentales, qu e presentó 50 artículos al pleno.
En este escenario, se sometió al sufragio del órgano constituyente uno de las disposiciones que pueden llegar a ser consideradas polémicas: se aprobó con 109 votos a favor el artículo 16, que consagra los derechos sexuales y reproductivos.
El texto visado establece que "todas las personas son titulares de derechos sexuales y derechos reproductivos. Estos comprenden, entre otros, el derecho a decidir de forma libre, autónoma e informada sobre el propio cuerpo, sobre el ejercicio de la sexualidad, la reproducción, el placer y la anticoncepción".
Se agrega que el Estado garantiza el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos sin discriminación, con enfoque de género, inclusión y pertinencia cultural, así como el acceso a la información, educación, salud y a los servicios y prestaciones requeridos para ello, asegurando a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar las condiciones para un embarazo, una interrupción voluntaria del embarazo, parto y maternidad voluntarios y protegidos".
DERECHO A LA VIDA
De esta forma, sin que se haya escrito la palabra aborto, se abre la puerta para que ese derecho quede consagrado en la Constitución, lo que deberá ser ratificado en particular.
Esa fue una de las 14 secciones aprobadas durante la jornada. También pasó a la votación en particular el artículo 17 que en el subtítulo de "Derechos sexuales y reproductivos" mandata al Estado a "asegurar el ejercicio pleno de este derecho a través de una Educación Sexual Integral desde la primera infancia".
Los convencionales también aprobaron en general, por una amplia mayoría de 145 votos a favor, el artículo que consagra el derecho a la vida, que sin embargo no hace referencia a la protección de la vida del que está por nacer, disposición que sí está presente en la actual Constitución.
Un artículo que pasó la votación con unanimidad de los 154 convencionales fue el que consagra el derecho a la integridad personal y reza: "Toda persona tiene derecho a la integridad física, psicosocial, sexual y afectiva. Ninguna persona podrá ser sometida a torturas o tratos crueles, inhumanos o degradantes".
Además, con 122 votos a favor avanzó el artículo 26, que establece que "los crímenes de guerra, los delitos de lesa humanidad, la desaparición forzada y la tortura, el genocidio y crimen de agresión y otras penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes son imprescriptibles, inamnistiables y no serán susceptibles de ningún impedimento da la investigación".