Especialistas: quiebras no implican la pérdida de derechos para trabajadores
El proceso hoy es más corto y no debiera tomar más de dos años. El pago a los colaboradores se va dando de acuerdo a la venta de los activos, en ciertos casos.
A estas alturas para nadie es extraño, aunque sí preocupante, que muchas empresas estén quebrando e incluso el ministro de Hacienda, Ignacio Briones, prevé que este complejo escenario continuará para los siguientes meses.
Bajo ese escenario complejo, surge la duda de qué pasa ¿cuándo una organización cae en bancarrota?
Ricardo Ibáñez, abogado fundador de Defensadeudores, afirmó que cuando una compañía se liquida o declara en quiebra se termina, se cierra, pero a diferencia de lo que ocurría con la antigua ley, este proceso es ordenado, sin dejar deudas y rehabilitando financieramente al empresario. Asimismo, la ley 20.720 también otorga una mejor posición a los trabajadores de la empresa que quiebra, a diferencia de los que ocurría con la legislación antigua.
FONDOS DISPONIBLES
Aclaró, además, que la resolución judicial de liquidación de una empresa pone término a todos los contratos de trabajo vigentes, con fecha de la referida resolución, incluso de aquellos trabajadores que gozan de fuero sin necesidad de autorización previa.
"El liquidador comunica este término a los trabajadores, personalmente o por carta certificada, enviando copia a la Inspección del trabajo. Posteriormente, el liquidador debe poner a disposición de los trabajadores sus respectivos finiquitos, lo que una vez firmados, sirven de antecedentes suficientes para que se paguen las remuneraciones e indemnizaciones, con los topes legales, en la medida que existan fondos disponibles en el concurso", explicó.
En definitiva, dijo que lo que se le paga al trabajador son las remuneraciones y feriados adeudados; Indemnización sustitutiva del aviso previo y por años de servicio (con los topes legales); Indemnización por fuero maternal, a los trabajadores que gocen de él, pagándose cada uno de los meses que resten de fuero.
El término de la relación laboral otorga el derecho al trabajador de cobrar el seguro de cesantía de la AFC.
A su vez, Pedro Eguiguren, socio director de Eguiguren Abogados, explicó que la demora del proceso de quiebra es muy relativa, ya que depende de la composición del pasivo, activo y patrimonio que tenía la persona o empresa al momento de declararse la quiebra.
"Según mi experiencia, la liquidación de una persona natural o una pyme dura de un año tres meses a dos años, desde dictada la resolución de liquidación, respecto a una gran empresa, el procedimiento puede durar varios años", afirmó.
DIEZ DÍAS
Mientras que Patricia Esparza Soto, académica de la Facultad de Ingeniería y Negocios de Universidad de Las Américas (Udla), indicó que las obligaciones legales se mantienen para la empresa debiendo haber finiquito ejecutado por el síndico, la ley indica que debe ser tramitado en un plazo de 10 días desde que se produce la separación laboral.
"El síndico puede despedir a los trabajadores en la medida que se vayan recuperando los dineros de la venta de los bienes de la empresa y luego recontratar en el caso de continuidad de giro", aclaró.
Por su parte, Ignacio Arteaga Echeverría, abogado socio del estudio jurídico Arteaga Gorziglia, añadió que la empresa como tal no muere y continúa su personalidad jurídica.
"Lo que ocurre es que los bienes pasan a ser administrados por el liquidador. El objetivo del procedimiento concursal de liquidación es obtener la venta rápida y eficiente de los bienes y activos de la empresa deudora para pagar lo más que se pueda a sus acreedores en la proporción correspondiente. Una vez terminado el procedimiento, se entenderán extinguidos los saldos insolutos de las obligaciones de la empresa deudora al tiempo de la dictación de la resolución de liquidación, la que podrá continuar con el desarrollo de su giro", remarcó.
Sobre el tiempo que demora el proceso de quiebra, dijo que conforme a las últimas estadísticas registradas, llevar a cabo completamente un procedimiento concursal de liquidación en Chile podría tardar un promedio de 2 años, plazo que disminuyó considerablemente en relación a los más de 4,5 años que se tardaba con el procedimiento de quiebra anterior a la dictación de la ley N° 20.720.
Otra cosa que destacó Eguiguren es que no hay nada que negociar, la regla general es que el liquidador debe finiquitar los trabajadores de acuerdo con los antecedentes que tiene de la empresa y la preferencia de pago está fijada por ley. "Si el trabajador no está de acuerdo con los montos, puede demandar ante los tribunales laborales. Ahora, hay que tener presente que la compañía quebrada sólo pagará con los activos que ella posee", recalcó.
PREFERENCIA
Ricardo Ibáñez planteó que "lo importante, desde el punto de vista de los trabajadores, es que la quiebra de una empresa no implica la pérdida o disminución de los derechos adquiridos por los trabajadores. En consecuencia, el proyecto de finiquito que les propone el liquidador contempla todas las prestaciones a las que tienen derecho".
Otro punto importante que destacaron todos los consultados es que los trabajadores gozan de preferencia para el pago de sus acreencias frente a otros acreedores, hipotecarios, prendarios y valistas de la empresa en liquidación, encontrándose comprendidos en la primera clase de créditos. Es decir, se pagan antes que otros acreedores de la empresa y para percibir ese pago no requieren de la representación de un abogado.