Respaldo a proyecto de infraestructura crítica
Un amplio respaldo logró la reforma constitucional que busca permitir que la protección de infraestructura crítica por parte de las Fuerzas Armadas, en caso de peligro grave o inminente y que hace unos días fue revisada en sala por el Senado, cumpliendo un nuevo paso en su avance legislativo.
Los integrantes de la Cámara Alta aprobaron la iniciativa con 46 votos a favor y uno en contra el pasado miércoles, quedando en condiciones de pasar a cumplir su segundo trámite constitucional. Durante el debate de esta iniciativa hubo coincidencia de los senadores en la importancia de permitir que el Presidente de la República tenga esta herramienta constitucional que permite disponer del uso de las FF.AA en la protección de la infraestructura crítica y de zonas fronterizas específicas, por un período de tiempo que puede llegar a los 90 días, prorrogable con acuerdo del Congreso.
La iniciativa tiene como base la definición de lo que se entenderá por infraestructura crítica, señalando que "comprende el conjunto de instalaciones, sistemas físicos o servicios esenciales y de utilidad pública, así como aquellos cuya afectación cause un grave daño a la salud o al abastecimiento de la población, a la actividad económica esencial, al medioambiente o a la seguridad del país".
En ese sentido, la normativa actualmente en trámite define algunos de los servicios e instalaciones que son clasificables dentro del concepto, entre ellos la infraestructura indispensable para la generación, almacenamiento y distribución de los servicios e insumos básicos para la población, tales como energía, agua o telecomunicaciones. También todo los relativo a la conexión vial, aérea, terrestre, marítima, portuaria o ferroviaria, y otras vías correspondientes a servicios de utilidad pública, como los sistemas de asistencia sanitaria o de salud.
Uno de los aspectos en que innova la iniciativa es que dispone que será una ley y no la actual reforma constitucional, la que regulará las obligaciones a las que estarán sometidos los organismos públicos y entidades privadas a cargo de la infraestructura crítica del país, así como los criterios específicos.
En una definición clave, la reforma también precisa el resguardo de los derechos consagrados en la Constitución y por los distintos tratados internacionales, estableciendo que el ejercicio de la atribución podrá enmarcarse en el ejercicio de las facultades de resguardo del orden público y emanarán de las atribuciones que la ley les otorgue a las fuerzas para ejecutar la medida, procediendo exclusivamente dentro de los límites territoriales de protección de la infraestructura crítica que se fijen, sujeta a los procedimientos establecidos en la legalidad vigente y en las reglas de uso de la fuerza que se fijen al efecto garantizando el principio de proporcionalidad del uso de la fuerza en el cumplimiento del deber.
La iniciativa tuvo su origen en mociones de los senadores Carmen Gloria Aravena, Kenneth Pugh, Ximena Rincón, Álvaro Elizalde, Jaime Quintana y Francisco Chahuán, que se fusionaron, a las que se sumó una indicación del Ejecutivo que incorporó la posibilidad de que las Fuerzas Armadas puedan resguardar determinadas áreas fronterizas. Su tramitación comenzó a mediados del año pasado, en medio del debate por las continuas prórrogas del estado de excepción en la Región de La Araucanía y de las provincias de Arauco y Biobío en nuestra región.
Actualmente, la medida constitucional continúa vigente y, según lo señalado por las autoridades locales, se trata de una herramienta que es calificada de necesaria para disminuir los hechos de violencia y los delitos que han afectado la sensación de seguridad de esos territorios. Pese a ello, la extensión de una medida que debe ser transitoria y que según su definición solo se aplica a periodos excepcionales podría ser reemplazada dentro de poco por esta nueva opción, cuyo respaldo parlamentario está demostrando ser mayoritario.
Su tramitación comenzó a mediados del año pasado, en medio del debate por las continuas prórrogas del estado de excepción en la Región de La Araucanía y de las provincias de Arauco y Biobío en nuestra región.