Expertos analizan cambios de la nueva ley de robo de madera: no aumenta penas al delito
Abogados explicaron a diario El Sur que la nueva legislación se focaliza en entregar más herramientas para la investigación y que penas varían acorde a las formas en que se cometió el crimen.
La formalización de tres personas por el delito de robo de madera, en que se aplicó por primera vez la ley sobre esta temática el pasado 4 de octubre, generó un amplio debate y polémica luego de que el Ministerio Público no solicitara cautelares como la prisión preventiva y que el Tribunal de Garantía de Curanilahue no accediera a esta misma cautelar cuando una de las partes querellantes lo solicitó.
Diario El Sur consultó sobre esta situación con el exfiscal Andrés Cruz y el abogado penalista y director del Departamento de Derecho Penal de la Universidad de Concepción, Marcelo Villena. Ambos explicaron -en primera instancia- los alcances de esta nueva ley en lo concreto y por qué no se aplicaron cautelares más gravosas como la prisión preventiva o arresto domiciliario para los imputados. Apuntaron a que la ley requiere un tiempo para ser evaluada sobre si ayuda en desbaratar este crimen organizado.
"La ley se promulgó el 27 de septiembre, por lo que es absolutamente precipitado definir si estamos ante una buena o mala ley, si funciona o no. Las evaluaciones deberán hacerse en un cierto tiempo para ver si ayuda en algo a solucionar el grave problema que afecta a nuestra región en cuanto al robo y hurto de madera", indicó Villena.
Cautelares
Al momento de discutir las cautelares para los imputados, los tribunales ponderan, entre otras cosas la penalidad asociada al delito formalizado. En este sentido, Cruz enfatizó que esta ley incluye dos nuevos artículos que no varía en cuanto a la aplicación de penas, ya que estas se aplican según las circunstancias del delito, por ejemplo, si fue en un lugar habitado, con o sin violencia, etc.
Y si es que se acredita que la persona que porta la materia prima no puede acreditar el origen o adquisición; a esto se agrega que la pena se aplica según la cantidad de material sustraído, al igual que las multas aumentan según dicha cuantía.
"No podemos aplicar una pena anticipada y utilizar la prisión preventiva con ese objetivo, la prisión preventiva está para resguardar la seguridad de la sociedad, del ofendido, de diligencias precisas y determinadas de la investigación dependiendo de la circunstancia investigativa de cada caso donde nosotros podríamos establecer el hecho de la gravedad de la pena asignada al delito, la circunstancia de la comisión, procesos pendientes, entre otros", explicó Cruz.
Por su parte, Villena explicó que aun cuando el tribunal da por establecidas las circunstancias que establece la nueva ley, no significa que necesariamente deba aplicarse la prisión preventiva. "Los jueces resuelven conforme a los antecedentes que se le expongan, de manera que siempre quedará a discreción del tribunal si se aplica una medida tan drástica como la prisión preventiva o una medida de menor intensidad como lo fue en este caso", detalló.
Evaluación pertinente
En esta primera formalización los imputados quedaron con las cautelares de arraigo nacional, firma quincenal y prohibición de acercarse al predio afectado por el robo de madera, lo que fue criticado por parlamentarios y otros actores locales, que consideraron muy livianas las medidas frente al delito investigado.
En este sentido, Villena reiteró que la ley requiere tiempo para ser evaluada y que recién con una o varias investigaciones avanzadas, e incluso cuando un proceso haya terminado en un juicio, sería un momento para definir su efectividad.
En tanto Cruz aseguró que más allá de los tipos penales, la ley se valora pues facilita la decisión de agrupar investigaciones y hacer más efectiva la persecución penal, permitiendo vincular este tipo de delitos con otros de carácter violento que ocurren en la zona"
"Para que nosotros podamos evaluar el resultado de esta nueva normativa tenemos que dejar que se desenvuelvan investigaciones conforme a las herramientas que disponen los fiscales y además a la incorporación del delito base de robo de madera o de troncos al delito de lavado de activos. Eso permite hacer la persecución de los capitales o patrimonios que estén involucrados en la comisión de estos delitos", finalizó.
21.488 es la ley que tipifica el hurto o robo de madera como tal en el Código Procesal Penal y formas de investigarlo.