Avance de Ley Corta de Descentralización
Regular la coordinación que debe existir entre los gobernadores regionales y los representantes del nivel central es el principal objetivo de la denominada Ley Corta de Descentralización, que esta semana -luego de la aprobación del informe de la Comisión Mixta en las salas del Senado y la Cámara Baja- quedó lista para continuar los trámites con miras a su promulgación.
De esta forma, se busca avanzar en la implementación de un proceso que ha estado marcado por los "tiras y aflojas" y por la falta de definiciones precisas en torno a dos normativas que han marcado el devenir de la descentralización en los últimos años, es decir, las leyes N° 21.073 y N° 21.074, que establecieron la elección de gobernadores regionales y fortalecen la regionalización del país, respectivamente.
Si bien se trata de una normativa que debió entrar en funcionamiento mucho antes y que no estuvo exenta de controversias en su tramitación, es innegable la relevancia de que se vayan concretando estos pasos, especialmente para dar mayor claridad en cada región en torno a las competencias y atribuciones de las nuevas autoridades. Esto es muy significativo, considerando que -en general- existe un escaso conocimiento ciudadano respecto del rol que cumplen tanto el gobernador regional como el delegado presidencial, de tal forma que en esa "nebulosa" muchas veces se va desvaneciendo el interés y reconocimiento de la importancia que tiene el que las regiones cuenten con mayor poder de decisión sobre su presente y futuro.
La normativa despachada por el Congreso define la coordinación que, en sus actuaciones, deberán tener las autoridades y servicios públicos regionales, con el respectivo gobernador regional, disponiéndose, entre otras materias incorporar como facultad del gobernador regional, en su calidad de órgano ejecutivo del Gobierno Regional, la de coordinar, supervigilar o fiscalizar, según corresponda, a los servicios públicos que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo.
Adicionalmente, se faculta al gobernador regional para convocar a las secretarías regionales ministeriales y/o a las direcciones regionales de los servicios públicos para tratar sus políticas, estrategias, planes programas y proyectos, que contribuyan al cumplimiento de los objetivos de la Estrategia Regional de Desarrollo.
Asimismo, dispone que corresponderá al gobernador regional el diseño, elaboración, aprobación y aplicación de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la región en el ámbito de sus competencias, los que deberán ajustarse al presupuesto de la Nación; a la Estrategia Regional de Desarrollo y a los instrumentos de planificación comunal.
Junto con ello, establece que el ejercicio de la facultad que corresponde al delegado presidencial, en cuanto a hacer presente a las autoridades centrales, las necesidades de la respectiva región, deberá realizarse en forma conjunta, coordinada y oportuna, con el respectivo gobernador regional.
Hay también un aspecto contenido en el proyecto que fue especialmente debatido, pero que la iniciativa legal zanja con claridad. Y es que entrega una definición más precisa respecto de las competencias de la autoridad, que se entenderá como "toda facultad, función o atribución que posean los ministerios o servicios públicos para satisfacer las necesidades públicas establecidas en sus leyes orgánicas, o en otras disposiciones legales, con excepción de la Ley de Presupuestos".
Al respecto, se debe recordar que en marzo próximo entra en régimen la atribución de cada gobernador regional de solicitar a la Presidencia de la República, previo acuerdo del Consejo Regional, la transferencia de una o más competencias que hoy desarrollan los ministerios y servicios públicos. De este modo, tareas en materia de ordenamiento territorial, fomento de las actividades productivas y desarrollo social y cultural, que hoy son ejecutadas por ministerios y servicios públicos, podrán ser traspasadas a los gobiernos regionales y dependerá del adecuado trabajo de cada gobierno regional el grado de avance del traspaso de competencias.
El hito que implica la próxima promulgación de la Ley Corta de Descentralización vino acompañado esta semana de otro anuncio que merece ser valorado, especialmente porque se trata de una solicitud que nació del diálogo establecido en las últimas semanas entre el nivel central y las nuevas autoridades regionales. Se trata del aumento del presupuesto para los programas de inversión regional distribuidos en los gobiernos regionales para el año 2022, que presenta un incremento global del 5,3% respecto del año 2021, lo cual implica el crecimiento más alto de los últimos años y es, además, superior al incremento general de un 3,7% que se estima para 2022 en la Ley de Presupuestos, respecto de 2021.
Tal como lo planteó el gobernador de Biobío, Rodrigo Díaz, se trata de un reconocimiento por parte del Gobierno Central respecto de la importancia que tiene ir aumentando paulatinamente el porcentaje de los fondos de decisión regional, de manera de profundizar la necesaria y urgente descentralización del país, con señales concretas.
Esto, sin duda, debería ser un tema a considerar por todos los candidatos presidenciales, que están llamados a reforzar el compromiso con los territorios subnacionales, con miras a un desarrollo mucho más equitativo e integral del país.
Si bien se trata de una normativa que debió entrar en funcionamiento mucho antes y que no estuvo exenta de controversias en su tramitación, es innegable la relevancia de que se vayan concretando estos pasos, especialmente para dar mayor claridad en cada región en torno a las competencias y atribuciones de los gobernadores regionales, así como su coordinación con las demás autoridades.