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-¿Podrían incumplirse las expectativas del proceso constitucional mismo?
-Si las expectativas son la distribución de bienes o la corrección de la estructura social como fruto de las reglas constitucionales, por supuesto serán promesas incumplidas. Las reglas constitucionales no diseñan políticas públicas, ni distribuyen bienes: crean un ámbito o espacio para discutir equilibradamente las políticas y producir bienes. Temo sin embargo, que entre muchos candidatos a convencionales hay (por ignorancia en algunos casos, por simple inflamación retórica en otros) la idea que redactar una constitución es realizar un cierto arreglo distributivo de bienes existentes. Si eso se expande por supuesto habrá, al cabo de este proceso, una frustración.
-Hablando de expectativas, una nueva configuración de los llamados derechos sociales parece ser una de ellas. ¿Es razonable esa esperanza?
-Depende de lo que se entienda por derechos sociales. Si por derechos sociales se entiende un título para reclamar coactivamente ciertos bienes de parte del Estado (como el vendedor que reclama el precio de la cosa vendida) creo que es una expectativa insensata. Si en cambio por derechos sociales se entiende un principio destinado a corregir la desigualdad de clases, un principio orientador del quehacer público, tiene todo el sentido del mundo. La sociedad moderna ha estado sometida desde fines de la primera mitad del siglo XX a dos principios. Uno es divisivo: la estructura de clases; otro es integrador, la igual ciudadanía. Los derechos sociales son un conjunto de principios tendientes a realizar, en la máxima medida posible la igual ciudadanía. Una sociedad moderna no debe estar entregada sólo a la estructura de clases, debe contar con un principio que la corrija.
-¿Cree que debería haber cambios en el Tribunal Constitucional?, ¿qué le parece, en cuanto a diseño institucional y en el caso concreto que se dio respecto del retiro de la AFP, el voto dirimente de la Presidenta del tribunal?
-Bueno, el voto dirimente no es raro ni en el derecho comparado ni en la experiencia chilena. Otra cosa es la integración de ese tribunal, cuán imparciales son sus miembros, y otra las facultades de que está provisto. Mi opinión es que debe haber un control de constitucionalidad (después de todo si no lo hubiera, la Constitución queda entregada a la mayoría circunstancial lo que casi equivale a que no exista Constitución en absoluto); que los miembros del tribunal deben tener una trayectoria en lo posible imparcial; y sus facultades restringirse, en términos generales, al control de constitucionalidad de las normas del sistema.
-¿Cuáles, a su juicio, deberán ser las características fundamentales de los convencionales constituyentes?
-Permítame decir lo que no deben ser. Mi opinión es que sería perjudicial que la Convención se integrara mayoritariamente por los llamados independientes o representantes de la sociedad civil. Las organizaciones de la sociedad civil (sindicatos, barrios, organizaciones espontáneas, etc.) promueven intereses particulares. Y una Constitución no puede ser la suma o el agregado de intereses particulares. Debe ser el fruto de un discernimiento acerca de la comunidad política como un todo. Y en eso -mal que pese- los partidos y los políticos profesionales son imprescindibles. No comparto la idea, hoy tan extendida, que la sociedad civil es el depósito de la virtud cívica o la bondad. Hay en esas organizaciones y en sus miembros tanta ceguera e intereses específicos como en cualquier parte de la sociedad. Los partidos tienen al menos la ventaja que profesionalizan los liderazgos y se esfuerzan, o están más dispuestos a esforzarse, por el razonamiento general en torno a los problemas.
-¿Y hasta dónde alcanza la supuesta virtud de la "independencia" de los partidos políticos de los convencionales, siendo que muchos irán en sus listas y tendrán que tener alguna convicción política que los acerque a ellos?
-Desde luego en el caso de quienes van en listas partidarias es simplemente otra forma de pertenecer al partido. No hay que engañarse. Hay tres posibilidades. O usted está inscrito en el partido por el que postula; o por compartir su punto de vista se deja promover en una de sus listas; o ninguna de las dos anteriores y se deja incluir por simple oportunismo. Si olvidamos la tercera alternativa (que ha de haberla), la diferencia que media entre las dos primeras es la simple inscripción. Demasiado poco para darle importancia. Distinto es el caso de quien se postula por fuera de los partidos; aunque en esta situación, como vimos recién, los problemas son otros: la promoción de intereses particulares, el simplismo, una cierta ingenuidad acerca de lo que significa un proceso constituyente, una vocación política tardía que rehúsa reconocerse como tal.
-Este año habrá elección presidencial también. Los candidatos superan la veintena. ¿Es signo de la gran cantidad de opciones políticas o de la falta de ellas?
-Ese es un buen punto. A veces la abundancia es un signo elocuente de escasez. La vieja guía telefónica es un buen ejemplo: el lector se extraviaba en ella, muchas páginas y poca información. Hoy se arriesga ese síndrome: la abundancia que esconde y disfraza la carencia.
"Sería perjudicial que la Convención se integrara mayoritariamente por los llamados independientes o representantes de la sociedad civil, (pues) promueven intereses particulares".