Secciones

  • Portada
  • Opinión
  • Actualidad
  • Nacional
  • LOS NEGOCIOS SON NOTICIA
  • Economía y empresas
  • Tendencias
  • Deportes
  • Clasificados
  • Defunciones
  • Página del lector
  • Espectáculos
A cinco días de la ocupación de un predio forestal en la comuna de Contulmo

Autoridades plantean que falta unificar criterios para abordar la usurpación de terrenos

Tanto el coordinador regional de la Macrozona sur, Roberto Coloma, como el gobernador de Arauco, Óscar Muñoz, sostuvieron que todo depende de la calificación que se le dé a la ocupación, ya que solo se aplica el desalojo en casos considerados violentos.
E-mail Compartir

Por Karlyng Silva Leal

A cinco días de la ocupación ilegal de un predio forestal en Contulmo por parte de organizaciones mapuches que se autodenominan "en resistencia", la falta de unificación de criterios sería la causa por la que no se haya considerado un eventual desalojo, según lo señalado por varias autoridades.

La Fiscalía mantiene una investigación en curso que podría determinar futuras acciones que generen una resolución judicial para ordenar la salida del grupo de alrededor de 40 personas que se adjudican lo que llaman una "recuperación territorial del fundo San Ernesto".

El coordinador regional de la Macrozona sur, Roberto Coloma, explicó que el Gobierno no tiene facultades legales para disponer de desalojos en sitios privados, ya que solo pueden disponer de un desalojo administrativo al tratarse de un inmueble fiscal. De esta forma se refirió a lo señalado por la empresa CMPC, desde donde manifestaron su preocupación por la imposibilidad de gestionar el desalojo de los ocupantes ante Carabineros o Fiscalía.

Coloma detalló que "hay una investigación en curso que conduce el fiscal Ramos, que imagino que con los antecedentes que se han ido allegando a la causa podrá tomar en algún minuto una decisión o solicitar alguna medida al Juzgado de Garantía de Cañete, pero evidentemente se trata de una acción de usurpación en el contexto de una estrategia anunciada públicamente por la Coordinadora Arauco Malleco (CAM)".

La situación se mantiene desde el sábado, cuando los Lov Provoque y Colimán, con apoyo de la Coordinadora Arauco Malleco, anunciaron el inicio de lo que llaman "recuperación territorial" del predio de aproximadamente 5 mil hectáreas. A través de un comunicado expresaron que se concretaría "un control territorial, trabajos productivos y restablecimiento de espacios ceremoniales".

Mientras que la Fiscalía se desenvuelve en la justicia penal, el concepto jurídico de desalojo obedece a la justicia civil, por ende el Ministerio Público no tiene facultades para ordenar un desalojo. Sobre esto, Coloma explicó que en la Región de La Araucanía, por regla general, se adoptan medidas cautelares, entre otras, para ejecutar los desalojos y remediar el problema de forma rápida y práctica para que la situación de usurpación no se consolide en el tiempo.

"De lo contrario se transforma en una cuestión de carácter civil, que es el criterio que impera en estos lados, porque las personas que ingresan a los terrenos generalmente exhiben un título sobre el cual amparan su ocupación(...). Tanto la Fiscalía como los Juzgados de Garantía deben proceder con los desalojos para restablecer el imperio del derecho y cualquier discusión de carácter civil tendrá que plantearse en la sede correspondiente, pero sin que se consolide una ocupación que en su origen es completamente ilegal", explicó.

ILÍCITO COMÚN

El alcalde de Contulmo, Mauricio Lebrecht, aseguró que la ocupación de terrenos forestales se ha convertido en una situación común y corriente en la comuna, señalando que se trata de un fenómeno que comenzó con tomas puntuales. "Algunas personas se dieron cuenta de que podían vender la madera, que hay compradores y gente que busca roles para justificar la sustracción de madera de predios forestales y la situación comenzó a proliferar", explicó.

"Ya ni siquiera hablaría de toma de tierras, porque lo único que hacen es cortar los árboles, sacan la madera y luego dejan los predios, es la triste realidad, pero es la verdad. Se habla de reivindicación del territorio de comunidades mapuches, pero no le dan otro uso a la tierra que no sea sacar la madera", detalló Lebrecht.

Al respecto, el gobernador Óscar Muñoz, expresó su preocupación por las ocupaciones ilegales, que en la de la Provincia de Arauco se concentran en las comunas de Curanilahue, Los Álamos y Lebu, ya sea a predios forestales como otros privados, además de tratarse de situaciones reiterativas en todo el país.

"El problema de fondo es la falta de una legislación robusta y contundente respecto al tema del delito de usurpación, lo que tenemos actualmente que está en vigencia es que simplemente la distinción de una toma violenta o no violenta, y en el caso de la primera solo tiene penas de multas", planteó.

UNIFICAR CRITERIOS

Según explicó Coloma, una de las necesidades en la Provincia de Arauco y a nivel nacional, es poder unificar los criterios que utilizan los fiscales para tratar los delitos de usurpación, especialmente en relación a las órdenes de desalojo, ya que Carabineros sólo puede actuar durante las primeras 12 horas desde cometido el delito bajo la figura de la flagrancia, siempre que se cumplan las condiciones legales.

Según el coordinador, en la Región de La Araucanía ha primado el criterio de la Fiscalía de ordenar los desalojos cuando concurren las circunstancias necesarias para hacerlo desde el punto de vista legal, lo cual no ocurre en la provincia de Arauco y Biobío, donde suceden ocupaciones ilegales, utilizando otros criterios.

"Prueba de ello es lo ocurrido el domingo con la ocupación del fundo de San Ernesto, Carabineros informó al fiscal Ramos de Cañete de esta usurpación, quien estima que se trata de una usurpación no violenta. Cuesta entender el criterio de la decisión, cuando una organización violentista como la CAM se adjudica la usurpación y es considerada no violenta", planteó Coloma.

En este sentido, agregó que para enfrentar este problema se trabaja tres ejes: uniformar los criterios de actuación de Carabineros en situación de flagrancia, trabajar con la Fiscalía para la unificación de criterios de actuación frente al delito de usurpación, e impulsar el avance de la agenda legislativa que modifica la figura del delito, aumenta las penas, entre otros aspectos.

5 días se cumplieron de la ocupación del predio en el valle de Elicura, tras el ingreso de personas el pasado sábado.

Por hechos ocurridos en 2018 en Contulmo

Imputado por homicidio de comunero queda en prisión preventiva

El fiscal Juan Yáñez sostuvo que se programó una audiencia de preparación de juicio oral para los otros ocho imputados en la causa
E-mail Compartir

El Juzgado de Garantía de Cañete decretó durante la jornada de ayer la prisión preventiva para el imputado Bernardo Camus Parra, quien hasta el martes se encontraba prófugo por el delito de homicidio, hecho ocurrido en Contulmo en el que habrían participado otros 7 imputados, quienes se encuentran cumpliendo la misma medida cautelar en la cárcel de Lebu.

El magistrado Cristián Rosenberg explicó que al aplicar la medida "se consideró la gravedad del ilícito, lo alto de las penas, la cantidad de hechos y por haber participado en grupo, lo que llevó al tribunal a estimar que el imputado representaba un peligro para la seguridad de la sociedad, además que por el tiempo que permaneció sin comparecer ante la Justicia, se estimó que había riesgo de fuga".

El fiscal Juan Yáñez, con dedicación exclusiva a los delitos que caben dentro de la categoría de violencia rural, aseguró que la investigación se encuentra agotada y que este viernes ya se encuentra programada una audiencia de preparación de juicio oral para el resto de los imputados en esta causa. Al respecto sostuvo que se analizará un antecedente jurídico para que el recién formalizado sea juzgado con el resto de los presuntos autores del delito de homicidio.

PARTICIPACIÓN DIRECTA

"De acuerdo a la investigación, este imputado tuvo una participación directa en la muerte de don Eliodoro Reiman Coñuel, ya que es identificado por un testigo en el lugar como quien lo golpea en la cabeza y en el momento en que está en el piso", explicó.

Además, detalló que las dos otras víctimas, los nietos del hombre fallecido, también aportaron antecedentes que en el juicio oral podrán verificar los planteamientos de la indagatoria.

Sobre este procedimiento, el coordinador regional de la Macrozona sur, Roberto Coloma, indicó que como Gobierno la medida adoptada les satisface, y también calificó el caso como emblemático, sobre todo porque "demuestra que estos grupos violentistas no distinguen raza ni condición alguna al momento de ejecutar sus actos delictivos y violentos".

Al respecto, el persecutor penal comentó que "el solo hecho de quitarle la vida a una persona es un hecho gravísimo y en este caso, aún más entendiendo lo que es la creencia de los pueblos originarios, atentar en contra del abuelo de una familia mapuche es algo aún mucho más grave".

Tribunal condena a 12 años de presidio a autor de homicidio en Lota

El fallo fue unánime por parte de los jueces y los registros audiovisuales fueron relevantes para acreditar el delito.
E-mail Compartir

En un fallo unánime, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Concepción condenó a Luis Sáez Venegas a 12 años de presidio efectivo, por su calidad de autor del delito consumado de homicidio simple contra un hombre en la comuna de Lota hace dos años.

El tribunal integrado por los magistrados Paula Cruces, María José Vidal y Cristian Gutiérrez, dio por acreditado que el día 29 de junio de 2019 la víctima, Jorge Fernández, fue abordado por el imputado mientras se encontraba en el área de los dispensadores de combustible de un Servicentro Shell ubicado en el sector de Lota bajo.

Sáez, premunido de un elemento contundente tipo hacha, lo golpeó tres veces en la cabeza, provocándole un traumatismo encéfalo craneano complicado que, posteriormente, le provocó la muerte. Conforme a esto, el tribunal aplicó al imputado las penas accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Por su parte, el juez Cristian Gutiérrez afirmó que "fue bastante relevante la existencia de registros audiovisuales que al tribunal le permitieron acreditar tanto el lugar en dónde se había cometido el hecho, algunas características de la forma de comisión y también la participación que habría tenido el acusado en el delito, tal cómo se acreditó".

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.