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DERECHO A LA PRIVACIDAD Y EL BIEN COMÚN

Pandemia: protección de datos del paciente y a la salud pública

La ley resguarda la reserva de la información asociada a la salud de las personas y también impone multas a quien pone en peligro el bienestar de la sociedad, como pasa si un contagiado por covid-19 viola la cuarentena obligatoria.
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Por natalia quiero sanz

Pese a recomendaciones, advertencias y llamado de aislamiento social voluntario hecho por expertos y autoridades a raíz de la crisis sanitaria de covid-19 que vive el país, incluso por las medidas de cuarentenas obligatorias para determinadas comunas y la que deben cumplir las personas afectadas por la enfermedad, hay quienes conscientes de estar contagiados con el patógeno han acudido a lugares públicos.

Individuos que se han puesto en riesgo a sí mismos y a otros, abriendo también un debate en torno al Derecho de Privacidad del Paciente y la Salud Pública. ¿Cuál debiera prevalecer? ¿Se puede denunciar a quien no cumple con la obligatoriedad de la cuarentena? ¿Es correcto publicar información sobre contagiados? son algunas de las preguntas.

MARCO LEGAL

Según la Ley 20.584, que regula derechos y deberes que tienen las personas en relación a acciones vinculadas a su atención de salud, la ficha clínica del paciente es considerada como un dato sensible y el prestador de salud es responsable de su reserva. Por ello sólo puede ser entregada a solicitud expresa de su titular, de un tercero debidamente autorizado por el titular, a los Tribunales de Justicia y al Ministerio Público. Además, la Organización Mundial de la Salud instruye a los países miembros (Chile es uno) acerca de la prohibición de publicar datos personales de los contagiados.

Valeska Opazo, académica de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de la Santísima Concepción (UCSC), explica que lo expuesto "se reafirma con la ley 20.285, sobre transparencia y acceso a la información pública. Esta normativa contempla la posibilidad que organismos públicos no accedan a la solicitud de información cuando ésta afecta los derechos de las personas, particularmente cuando se refiere a la salud". En efecto, explica que si no se respetan estos derechos, el paciente puede reclamar ante el prestador de salud institucional, que debe adoptar todas las medidas necesarias para la solución de las irregularidades, acudir ante la Superintendencia de Salud e interponer alguna acción de carácter jurisdiccional.

Pero las personas contagiadas con covid-19 tienen la obligación de cumplir una cuarentena de 14 días, sin perjuicio de poder extender dicho plazo si no se han recuperado de la enfermedad. Al incumplir, advierte Opazo, "se le pueden imponer multas pecuniarias o de privación de libertad, toda vez que su actuar constituye un delito en contra de la salud pública". Sobre esto, especifica que el artículo 318 del Código Penal es claro al señalar que "el que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo o multa de 6 a 20 UTM". Por ello, si se conoce que alguien está incumpliendo esta obligación existe deber de informarlo y en caso opuesto puede ser responsable de cometer el delito en calidad de cómplice o encubridor.

Pero, "una cosa es utilizar datos para realizar una denuncia y otra es hacer pública la información de los pacientes", afirma Lorena Echeverría, académica del Instituto de Teología UCSC, resaltando que la ley 21.096 plantea la protección de datos personales considerándolo un derecho fundamental de las personas y aquí es donde se limita la libertad de publicar datos personales de los contagiados con covid-19. Un punto importante si se considera que hay quienes han solicitado saber quiénes son; en caso de los alcaldes aludiendo a tener un mejor control de la situación en sus comunas, por ejemplo.

No añade facilidad a la discusión si se considera que para los medios de comunicación operan otras normas, pues "no existe explícitamente una prohibición para los medios de publicar la identidad de las personas, en este caso contagiadas (pero, sí se exige prohibición de publicar datos personales en caso de, por ejemplo, menores de edad). Lo anterior, en relación a la ley sobre libertades de opinión e información y ejercicio del periodismo de nuestro país (19.733)".

EL BIEN COMÚN

Por lo expuesto, la discusión debería centrarse en lo moral bajo la premisa que como individuos debería ser el bien común lo que guíe el actuar. En la crisis sanitaria está el deber de dar aviso y también se aconseja a las personas notificar si tienen conocimiento de estos, pero siempre de forma adecuada.

"Dicha notificación debe hacerse a autoridades competentes para que se ocupen de la situación. La Seremi de Salud ofrece un número de contacto para realizar consultas y dar aviso de estas situaciones (6003607777)", cuenta Echeverría, detallando que "para llevar a cabo la denuncia es necesario contar con datos específicos de la persona, como nombre completo, Rut, comuna de residencia, dirección y número de contacto idealmente, además de estar seguros de que efectivamente el paciente fue diagnosticado".

Un aspecto en el que hace énfasis es que lo fundamental es que la notificación no se hace de manera pública, como publicar en redes sociales digitales. Esto es clave para evitar represalias hacia la persona contagiada, dice; algo que lamentablemente ya ha sucedido en Chile. "Así se vela por el bien común y se respeta la privacidad del paciente. No es que prime una cosa sobre la otra, parte del bien común es respetar esta privacidad", sostiene con fuerza.

AGENTES DE PREVENCIÓN

Lo clave para Lorena Echeverría es que vivimos en sociedad y ello implica estar conscientes de que nuestras acciones deben guiarse por el ideal de vivir bien en comunidad, sea una pequeña como un condominio o una tan grande como una comuna. Así, hay normas legales o políticas públicas que generan ciertas delimitaciones del actuar en sociedad, pero también otras normativas o acciones implícitas sobre lo que se considera aceptado o correcto.

En la situación actual, el bien común está regido por "que todos seamos agentes en la prevención", dice. Pensando en ello, en la práctica, la docente destaca que "las personas debemos comenzar por cuidarnos a nosotros y nuestro círculo más cercano, siguiendo las recomendaciones de higiene y seguridad, como lavado de manos, uso de mascarillas, salir lo menos posible, etcétera". Por otro lado, añade que ante dudas o sospechas "tenemos la opción de contactarnos con las autoridades competentes", y también "dar aviso si se tiene conocimiento de pacientes diagnosticados que no están haciendo cuarentena", pero siempre a autoridades competentes que, además, tienen la responsabilidad de respetar la privacidad del paciente y, obviamente, la misma obligación es para todos los ciudadanos.

"Es importante recordar que parte de vivir en comunidad es respetar al otro y en esta pandemia, sobre todo, prima el respeto por la vida del otro tanto como por la propia", concluye Echeverría.

HOY A LAS 19:00 HORAS POR YOUTUBE

"Astronomía en tu Casa" tendrá su séptima charla

A cargo de la astrónoma Viviana Guzmán, académica de la PUC, la conferencia de esta tarde se centrará de entender un poco más nuestro origen, el de la Tierra.
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¿Somos un fenómeno raro en el Universo?, ¿puede haber más planetas como la Tierra? Ésta y otras preguntas fundamentales sobre nuestro origen serán respondidas en la charla "Formando planetas habitables", que dará doctora Viviana Guzmán para el séptimo episodio del ciclo "Astronomía en tu Casa", una serie de conferencias realizadas vía streaming todos los viernes a las 19:00 horas a través de YouTube.

La astrónoma, quien es académica del Instituto de Astrofísica de la Pontificia Universidad Católica de Chile, adelanta que "en esta charla les contaré cómo nacen las estrellas. También veremos cómo se forman los planetas alrededor de estas estrellas jóvenes y qué sabemos de ellos a partir de observaciones con telescopios. Todo esto con el fin de entender un poco más cuál es nuestro origen en el Universo", invitando a todos a participar hoy de la actividad que organiza Proyecto Anillo de Agujeros Negros Supermasivos integrado por astrónomas y astrónomos de la Pontificia Universidad Católica, Universidad de Valparaíso y de Concepción.

Al respecto, vale la pena aclarar que "Astronomía en tu Casa", que ha recibido cerca de 7 mil visitantes entre las 6 conferencias ya desarrolladas, nació en el contexto de la crisis sanitaria con el objeto de ofrecer un panorama familiar que entretenga y eduque. Durante media hora y tal como en una charla presencial, la audiencia puede interactuar y hacer preguntas a través de una conversación virtual mediante un chat.

Las charlas en vivo y todas las previas están disponibles a través del canal YouTube del Proyecto Agujeros Negros Supermasivos.

El rol de la fonoaudiología hospitalaria en la pandemia covid-19

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La atención de los pacientes que se desarrolla en salas de hospitalizados de diversos servicios clínicos está a cargo de equipos interdisciplinarios. Todos aportan desde su área de especialización para su recuperación. En este ámbito, el trabajo de la Fonoaudiología consiste en la prevención, evaluación, diagnóstico y rehabilitación de dificultades en la deglución, lenguaje, habla y comunicación; es decir, se trabajan funciones esenciales para que una persona se pueda desarrollar en su vida habitual como comer y comunicarse.

Estas funciones se ven afectadas por diversas patologías que producen alteraciones de tipo estructurales como por ejemplo los tumores en regiones cráneo cervicales, pacientes con traqueotomías o alteraciones neurológicas como accidentes cerebrovasculares, traumatismos encéfalo craneales, lesiones medulares o enfermedades neurodegenerativas.

En relación al estado de emergencia de salud pública debido al covid-19, resulta necesario prevenir la saturación de los hospitales. Es en este contexto que nuestra principal labor se enfoca en la valoración de los trastornos de la deglución y en prevenir sus complicaciones asociadas, como las neumonías por aspiración de secreciones o de alimento que comprometerían el estado de salud del paciente. Además, se deben definir las vías de alimentación que aseguren una adecuada hidratación y nutrición para de esta manera ayudarles a que regresen prontamente con sus familias y así disminuir los días de hospitalización, asegurando además un adecuado plan de rehabilitación para prevenir los reingresos.

Es importante también nuestro rol en la valoración y rehabilitación de las dificultades deglutorias secundarias a procesos de ventilación mecánica con intubación oro-traqueal o traqueotomías que ocurrirán en casos de pacientes con insuficiencias respiratorias severas como complicaciones de la enfermedad por covid-19 en Unidades de Pacientes Críticos (UPC). Además del apoyo durante el trabajo en conjunto con el kinesiólogo en procedimientos clínicos que estos desarrollan como la aspiración de secreciones.

Finalmente, es relevante mencionar que el trabajo colaborativo con los demás integrantes del equipo de salud cobra real relevancia en este contexto tras la meta de que todos trabajemos de forma coordinada en pro de mejorar y disminuir la estadía hospitalaria, pues nuestro objetivo principal como equipo sanitario es la recuperación de los pacientes. En este sentido, también es importante educar tanto a la familia como al equipo, para que podamos mejorar la calidad de vida de los usuarios con alteraciones, tanto comunicativas como de deglución que estos puedan presentar. Educación que debido a la contingencia se ha tenido que adaptar para atender al llamado de distanciamiento social, optando por entregarlas de manera virtual, telemedicina y/o material gráfico explicativo.

Por Rayen Zapata, fonoaudióloga, docente de

Prácticas Curriculares Hospital Higueras-Departamento de

Fonoaudiología, Fac. de Medicina UdeC