Sobre 300 empresas tienen contratos vigentes según ley de Inclusión Laboral
La seremi Sintia Leyton informó de los avances de la norma, que aplica a instituciones públicas y empresas sobre 100 trabajadores en el Biobío.
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Más de 300 empresas de la Región del Biobío mantienen contratos vigentes en el marco de la ley de Inclusión Laboral, la que tiene por objetivo que las personas con discapacidad tengan una participación eficaz en el trabajo, ya que sea en el área pública o privada.
La seremi del Trabajo y Previsión Social, Sintia Leyton, realizó un balance de lo que han sido los avances de la normativa a nivel regional, considerando los datos actualizados de la cartera a noviembre de 2020.
Recordó que la ley N°21.015, conocida también como Ley de Inclusión Laboral, fue publicada en 2017 y establece un mecanismo destinado a incentivar la incorporación de personas con discapacidad o asignataria de una pensión de invalidez al mundo laboral, lo que se concretar garantizando la reserva legal de empleos para un porcentaje de personas con esta condición.
La autoridad regional informó que "hasta el 30 de noviembre de 2020, la Dirección del Trabajo informa de 20.750 contratos vigentes en torno a la Ley de Inclusión Laboral a nivel nacional, de los cuales 1.781 corresponden a la Región del Biobío, con 301 empresas con trabajadores con relación laboral vigente".
La seremi precisó que "la Ley de Inclusión Laboral, establece una reserva de empleos del 1% para personas con discapacidad o beneficiarias de la pensión de invalidez de cualquier régimen previsional, en organismos del Estado y empresas privadas que tengan 100 o más trabajadores o funcionarios".
Añadió que de acuerdo a lo dispuesto en el Código del Trabajo, los empleadores del sector privado deberán registrar los contratos de trabajo celebrados con personas con discapacidad en el sitio electrónico de la Dirección del Trabajo, así como sus modificaciones o término, en un plazo de 15 días contados desde la celebración del respectivo contrato".
Cabe señalar que la información entregada por los empleadores mediante declaraciones juradas, y resumida en este reporte, corresponde a datos autorreportados, por lo que su contenido, veracidad y ajuste a la legalidad, es materia de fiscalización por parte de la Dirección del Trabajo.
Las empresas que, por razones fundadas, no puedan cumplir total o parcialmente la obligación deberán darle cumplimiento en forma alternativa, con otras medidas. Una de ellas es celebrar contratos de prestación de servicios con empresas que tengan contratadas personas con discapacidad.
La otra es efectuar donaciones en dinero a proyectos o programas de asociaciones, corporaciones o fundaciones que proveen directamente servicios a personas de escasos recursos o con discapacidad.
SUBSIDIO AL EMPLEO
Finalmente, la seremi del Trabajo también recordó que el Subsidio al Empleo tiene un incentivo especial en su línea Contrata, la que tiene por objetivo impulsar la contratación de trabajadores en situación de discapacidad, financiando el 50% de la remuneración bruta imponible con un tope de $250 mil por cada nuevo trabajador contratado, pero en el caso de las mujeres, jóvenes y personas con discapacidad, el aporte sube al 60% de la remuneración bruta, con tope de $270 mil.
Los empleadores del sector privado deben registrar los contratos de trabajo en el sitio web de la Dirección del Trabajo.
1.781
contratos vigentes mantienen las empresas locales en el marco de la normativa.
1%
de los empleos de las empresas afectas a la ley debe reservarse para personas con discapacidad.