Contraloría toma razón del nuevo reglamento para el grabado de patentes
Propietarios de automóviles antiguos tienen hasta un año para adoptar nuevas condiciones en espejos, vidrios y luneta. Multas podrían llegar hasta cerca de los $100.000.
El reglamento presentado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que rige el grabado de la patente en los vidrios laterales, parabrisas, espejos laterales y luneta trasera de los vehículos para que transiten por el país fue aprobado luego de que la Contraloría General de la República tomara razón de él, por lo que entrará en vigor cuando se publique en el Diario Oficial.
Aunque la ley contra venta de vehículos robados se promulgó en septiembre del año pasado, el reglamento se presentó en marzo de 2024 y fue retirado hace casi un mes para hacer ajustes. Se ingresó de nuevo el 2 de mayo y quedó listo sin cambios.
Una vez que sea publicada, los vehículos antiguos -comercializados antes del 11 de septiembre de 2023- tendrán que tener la patente grabada en un máximo de 12 meses, mientras que los nuevos -comercializados después del 11 de septiembre de 2023- tendrán solo cuatro.
Características
El grabado en los vehículos tendrá que cumplir una serie de condiciones para que se considere legítimo, comenzando por las letras y dígitos en los vidrios que deben ser de entre 7 a 10 milímetros de altura y con un ancho acorde.
Por otro lado, la altura en los espejos laterales debe ser de 5 a 10 milímetros. Las letras no deben estar en cursiva ni negrita y siempre en mayúsculas.
El grabado debe ser siguiendo la superficie del vidrio o espejo con el objetivo de que un observador externo pueda leer de manera horizontal y de izquierda a derecha. Este debe ser permanente y sin que se pueda borrar.
En los vidrios laterales y el parabrisas, el grabado debe ser en el vértice inferior derecho a vista de un observador externo, mientras que en la luneta trasera corresponde el vértice inferior izquierdo.
Si el vehículo tiene más de seis vidrios, la patente debe ser grabada en al menos seis de ellos.
Quienes hayan realizado el grabado en vidrios y espejos en los automóviles antes de la publicación del reglamento estarán eximidos de cumplir con las especificaciones, siempre y cuando se pueda leer de manera íntegra.
También quedarán fuera de cumplimiento los vehículos extranjeros de tránsito temporal o con patente extranjera y los que pertenecen a las Fuerzas Armadas y Carabineros de Chile, siempre que estén debidamente identificados y estén destinados a un uso exclusivamente militar o policial.
Por último, tampoco deben cumplirlo los vehículos que son considerados como antiguos o históricos según lo que dispone el título XIX de la ley de tránsito.
Fiscalización y multas
En las revisiones técnicas se revisará el cumplimiento del grabado, por lo que quienes no lo tengan en regla verán rechazada su renovación.
También será controlado durante las fiscalizaciones que realizan Carabineros, Inspectores Fiscales y Municipales.
La modificación a la Ley de Tránsito establece que no cumplir con el reglamento es una falta grave. Esto significa que quienes incumplan con la normativa se exponen a una multa que va de 1 a 1,5 UTM, por lo tanto, entre $65.443 y $98.164.