Extensión de la alerta sanitaria
El Ministerio de Salud ha prorrogado hasta el 30 de septiembre la vigencia de la alerta sanitaria, que vencía el 30 del mes en curso. No obstante que esa cartera ha reconocido que en los últimos siete días la variación de casos de contagios ha caído 5% en el país, coincidentemente con el avance de la campaña de vacunación contra el covid-19, también es cierto que importantes centros poblados, como la Región Metropolitana, la de Valparaíso y Los Ríos, no han podido controlar esas cifras.
La renovación de la alerta sanitaria se fundamenta en las altas cifras de contagios que se han presentado, en especial en toda la RM, que desde el fin de semana pasado entró en cuarentena. También se ha insistido en que el 73% de los casos nuevos son personas que no han completado su esquema de vacunación, pese a los insistentes llamados que se han realizado para concurrir a los centros instalados para este fin en todo el país.
Hasta ahora, más de nueve millones de personas ya tienen las dos dosis, que representan el 60% de la población objetivo, y la cifra sube a once millones y medio si se considera a las que tienen la primera dosis. De acuerdo con análisis de organismos internacionales, Chile se encuentra entre los tres primeros del mundo en vacunación por habitante.
La declaración del estado de alerta sanitaria es una facultad que tiene el Ministerio de Salud, que le permite tomar medidas especiales durante la pandemia, y que es diferente al estado de excepción constitucional, que lo adopta el Presidente de la República. El decreto de alerta otorga mecanismos para fortalecer la inspección sanitaria, dotando a las autoridades de Salud de facultades extraordinarias, para que puedan adquirir servicios para transporte aéreo y terrestre, reconversión de camas en hospitales, coordinación con otros servicios públicos, aumentar controles sobre fuentes de agua potable o alcantarillado, adquisición de equipamiento, contratación extraordinaria de personal con el pago de horas extra, o con opción de llamar a exfuncionarios.
La alta movilidad de las personas -y algunos sin justificación, pese a los persistentes llamados para evitar la propagación del virus- ha significado que las cifras de contagiados y de fallecidos sigan subiendo en algunas comunas, de manera que en esos lugares donde la población comete las mayores infracciones pasan a quedar en cuarentena y se aleja la posibilidad de retomar cierta normalidad. Las personas que organizan fiestas en espacios cerrados, incluso en horarios de toque de queda, o salen en comunas en cuarentena, pueden ser perseguidas penalmente según el artículo 318 del Código Penal, al poner en peligro la salud pública, lo que se aplica dentro de la excepción en que se encuentra el país por el coronavirus, y cuya interpretación queda a cargo de los tribunales.
Respecto del Estado de Excepción Constitucional, éste vence el 30 del presente mes, pero cinco días antes el Gobierno debería ingresar un decreto para ampliar el periodo en otros tres meses, aunque necesita la aprobación del Congreso Nacional. El lunes se dio a conocer la encuesta de la empresa de estudios Cadem, correspondiente a la segunda semana de junio, que reveló que el 44% de los consultados está a favor de que se extienda el Estado de Excepción y el 27% quiere que se termine. Asimismo, el 41% aprueba la forma cómo el gobierno está conduciendo la crisis sanitaria, mientras el 20% la desaprueba.
Es muy lamentable que tras quince meses de esta pandemia, que en Chile ha atacado a casi un millón y medio de personas y que ha dejado a más de 30 mil fallecidos, aún haya personas que se resisten a adoptar las medidas preventivas ampliamente difundidas. Más aún, hay quienes, especialmente en el segmento joven, se resisten a concurrir a vacunarse, con lo que ponen en riesgo sus vidas y las de quienes los rodean. Ante esas actitudes, se hace difícil volver a una cierta normalidad y dejar de lado las medidas de excepción.
La declaración del estado de alerta sanitaria es una facultad que tiene el Ministerio de Salud, que le permite tomar medidas especiales durante la pandemia, y que es diferente al estado de excepción constitucional, que lo adopta el Presidente de la República, con consulta al Congreso.