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Por detenciones de pastores evangélicos durante la pandemia

Acogen recurso interpuesto por 20 iglesias locales en contra de autoridades

El tribunal ofició al intendente y seremi de Salud. Se busca clarificar los criterios utilizados a la hora de detener los cultos religiosos.
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Por Nicolas Álvarez Arrau

La Corte de Apelaciones de Concepción acogió recientemente la tramitación de un recurso de protección interpuesto por 20 iglesias de la Región del Biobío en contra del intendente Sergio Giacaman y el seremi de Salud Héctor Muñoz.

Por medio de esta acción, los representantes religiosos buscan que las autoridades regionales aclaren cuáles son las normativas vigentes que prohíben la realización de cultos en el contexto de la pandemia. Esto, con el objeto de evitar que se vuelvan a vulnerar, según ellos, "la libertad personal y seguridad individual de aquellos ministros que ejerzan legítimamente su derecho fundamental a la libertad religiosa".

Ante la crisis sanitaria que afecta el país, las autoridades dispusieron en marzo una resolución que prohíbe las aglomeraciones, afectado con ello la realización de este tipo de ceremonias y otras actividades que conciten la presencia masiva de personas. Pese a ello, a la fecha existen pastores que insisten en reunirse presencialmente, aunque algunos advierten que respetan las medidas dispuestas, como la utilización de elementos de protección o la ejecución de reuniones que no superan los 50 creyentes.

Aun así, ellos igualmente han sido detenidos por las fuerzas policiales. En Hualpén, por ejemplo, ya se registran dos casos, razón por la que sostienen hay dualidad en los criterios utilizados por el Gobierno. En uno de estos casos, el pastor fue formalizado e impedido de asistir a su iglesia mientras dure su causa.

Atendiendo el mérito de los antecedentes, la Corte de Apelaciones ofició a los ministerios de Salud e Interior, al jefe de la Defensa Nacional, Carlos Huber, y a Carabineros de Concepción para que informen y adjunten los antecedentes que existen en su poder sobre el recurso en cuestión, en no más de 10 días y a contar del 10 de junio pasado.

El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) también se hizo parte de estas acciones ante el tribunal, al acompañar un informe en el que ilustraron los alcances del derecho a la libertad de conciencia y religión en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.

REACCIONES

Pese a la determinación de la Corte de Apelaciones, el seremi de Salud Héctor Muñoz, quien en mayo trató de dejar sin efecto la resolución sanitaria que evita las actividades religiosas, agradeció al mundo evangélico y católico "que en su mayoría ha determinado realizar sus reuniones vía remota".

La autoridad sanitaria del Biobío agregó que todas las organizaciones son distintas, "pero la gran mayoría han decidido realizar sus reuniones online, y desde el día uno hemos fiscalizado evitar las aglomeraciones en lugares cerrados por más de dos horas, o a menos de un metro de distancia por 15 minutos, y a raíz del brote que tuvimos en San Pedro hemos fiscalizado eso".

Si bien la Coordinadora Evangélica Regional coincidió con Muñoz en relación a desarrollar estos cultos de manera virtual y en hacer un llamado de prudencia a los grupos religiosos para respetar las medidas dispuestas en materia sanitaria, la agrupación mostró preocupación por las resoluciones del Ejecutivo y las acciones emprendidas en contra de algunos pastores.

"En el contexto del protocolo de fiscalización de la resolución 215 del Ministerio de Salud, subrayamos nuestra preocupación, por el trato que algunos pastores han recibido en la Región. Llamamos a las autoridades pertinentes a fiscalizar en el contexto de la libertad de culto y de conciencia, establecidas en nuestra constitución", afirmó Juan Godoy, presidente del organismo.