Clínica de Los Ángeles es la única objetora de conciencia en regiones
Un total de 19 centros privados de salud, pertenecientes a siete personas jurídicas, han declarado oficialmente su objeción de conciencia institucional en alguna de las tres causales que contempla la Ley 21.030 de Interrupción Voluntaria del Embarazo: riesgo de vida de la mujer, inviabilidad fetal y violación.
Del total de los establecimientos de salud que están en listado público que tiene el Ministerio de Salud (Minsal) en su página web, el único recinto privado fuera de la Región Metropolitana es la Clínica Adventista Los Ángeles, que se ubica en la capital de la Provincia de Biobío.
La entidad, que pertenece a la Corporación Iglesia de los Adventistas del Séptimo Día, es objetora desde abril de 2019 en la tres causales de la norma que despenaliza el aborto.
La objeción contemplada en la Ley 21.030, le permite a hospitales, clínicas u otra entidad privada rechazar que sus servicios obstétricos practiquen este tipo de procedimiento. Pero, la normativa establece que los recintos privados que soliciten la objeción no pueden tener suscritos convenios con el Ministerio de Salud que contemplen prestaciones de obstetricia y ginecología, que por su naturaleza comprendan atenciones en pabellón.
Los hospitales públicos, en tanto, no pueden ser objetores.
DERECHO A LA VIDA
Desde la Iglesia Adventista del Séptimo Día informaron de forma escueta que la decisión adoptada es consecuente a los principios que tienen. "Estamos a favor de preservar la vida desde su concepción", sostuvo la entidad.
Actualmente, la postura de la clínica se encuentra vigente, pese a que el servicio de maternidad está suspendido por la remodelación que realizan en el área de hospitalización, pabellones. Aunque la reapertura de dichas áreas está programada para agosto, no considera por ahora la prestación del servicio de maternidad, ya sea natural o cesárea.
Desde la entidad de salud exponen que la objeción seguirá vigente debido a que "si volviéramos a otorgar la prestación de recepción de partos, mantendríamos la objeción. El motivo es que estamos a favor de la vida, y por lo tanto, no aprobamos un aborto". Así lo informaron desde la Iglesia Adventista del Séptimo Día.
La Clínica Adventista Los Ángeles también aseguró que la contratación de médicos obstetras y anestesistas, u otro profesional que trabaje en pabellón, no está supeditada a que sea objetor individual en la Ley de interrupción del embarazo.
Este es un tema que preocupa al presidente del Colegio Médico Regional Concepción, Germán Acuña, quien sostuvo que no permitirán que se le exija a un profesional ser o no objetor de conciencia para trabajar en un recinto público o privado.
"No hemos tenido por el momento ninguna denuncia de este tipo, pero es un tema que estamos monitoreando", declaró Acuña.
CUMPLIMIENTO
Desde la Seremi de Salud del Biobío informaron que esta es la única solicitud de objeción de conciencia que ha ingresado en la zona, por lo que no existe nuevas solicitudes. De esta forma, las entidades privadas que tienen maternidad no pueden negar el procedimiento a quienes lo soliciten.
Sobre quién fiscaliza el cumplimiento de la ley en el sector privado, el Ministerio de Salud informó que tanto la Superintendencia de Salud como la Seremi de Salud tienen competencias en este ámbito, sin precisar los aspectos específicos que deben revisar.
Solo comunicaron que "para facilitar este proceso, actualmente estamos trabajando en un documento que uniforma los criterios de fiscalización para que pueda ser aplicado por ambos organismos, tanto en recintos públicos como privados".