Odecu afirma que en Chile no existe la compensación sin juicio civil
El presidente de la Organización de Consumidores y Usuarios (Odecu), Stefan Larenas, dijo ayer que todavía falta mucho para que los consumidores puedan ser compensados por la colusión -como pasó en el caso del papel higiénico -que realizaron los supermercados en torno a la venta de pollo, ya que, a su juicio, es necesario un proceso penal.
A pesar de que "no es la primera vez que pasa esto (de acordar el valor de un producto)", Larenas lamentó en radio Cooperativa que "todavía queda mucho por recorrer en términos de que esos $ 8.000 millones -de multa -son a beneficio del Fisco. El camino para poder reparar al consumidor, económicamente, es un camino que en Chile todavía es complicado de llevar adelante", indicó el cientista político.
El caso más recordado por la ciudadanía, a causa del depósito de un monto de dinero en la cuenta bancaria de todos los chilenos o residentes en el país mayores de 18 años, fue el de la colusión del papel higiénico, un proceso legal que se extendió entre los años 2014 y 2017.
En cuanto a los pollos, el Tribunal de Libre Competencia (TLDC) acogió el recurso de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en contra de los supermercados Walmart, Cencosud y SMU (Unimarc), fijando multas que, en total, suman alrededor de $ 8.000 millones.
Este tipo de carne de ave es "un alimento bastante consumido, por lo tanto el perjuicio es bastante significativo", subrayó el representante de los consumidores, por lo cual instó a recurrir a un tribunal civil para buscar reparaciones indemnizatorias, a través de una demanda colectiva.
"Hoy no se ve por ninguna parte" la posibilidad de que las compañías indemnicen a los clientes sin que estos acudan a un juicio civil. En el caso del confort, este proceso avanzó más rápido mediante la delación compensada para rebajar la pena.
"Las tres cadenas sancionadas manifiestan inocencia", dijo Larenas, por lo cual la única opción en este caso, actualmente, es la demanda colectiva.
cambio legal
El dirigente de Odecu también recordó que el próximo 14 de marzo entrará en vigencia la nueva Ley del Consumidor, normativa que permitirá agilizar este tipo de acciones por parte de las personas. La ley de este año "sería mucho más expedita y los mecanismos de prueba serían menos exigentes", esto porque, actualmente, es necesario probar que los demandantes compraron el producto en cuestión -pollo -, "algo inaudito" según Larenas.
Las organizaciones civiles y los consumidores, de esta forma, podrían acogerse al nuevo reglamento si la causa es presentada a partir del 15 de marzo, aseguró el presidente de Odecu.
La denuncia de la Fiscalía económica acogida por el TDLC señala que las principales cadenas de supermercados del país acordaron subir artificialmente los precios del pollo, al menos entre los años 2008 y 2011, mediante un mecanismo que ya había sido sancionado en 2015.
El método consistía en que los ejecutivos de los supermercados llamaban a los proveedores cuando alguna cadena bajaba los valores del producto, previamente acordados, entonces los proveedores pasaban a constituir un sistema de alerta entre las firmas.
A esta corroboración interna del acuerdo ilícito, se sumaba su fiscalización externa mediante los propios empleados de cada una.
Por esta causa, Cencosud deberá pagar una multa de $3.345 millones, SMU (Unimarc) $ 1.994 millones y Walmart $ 2.752 millones, dinero que irá a arcas estatales.