Arauco pueder seguir con Mapa tras fallo de Tribunal Ambiental
El Tercer Tribunal Ambiental, órgano jurisdiccional con competencia desde la Región del Biobío y hasta Magallanes y Antártica Chilena, resolvió rechazar en todas sus partes una Reclamación presentada por cinco comunidades indígenas de la Región del Biobío en contra de una Resolución de la Comisión de Evaluación Ambiental (Coeva) de esa Región, que el año 2014, a su vez, denegó una solicitud de invalidación administrativa de la Resolución que calificó favorablemente al proyecto "Modernización Ampliación Planta Arauco" (Mapa), del titular Celulosa Arauco y Constitución S.A.
Los reclamantes solicitaron al Tercer Tribunal Ambiental "Que se revoque y/o anule la Resolución Exenta N° 58 emanada de la Coeva del Biobío (…) y conjuntamente con ello, se anule, revoque y/o deje sin efecto la Resolución Exenta N° 37/2014 de la misma Comisión que calificó favorablemente el proyecto Mapa", todo lo que fue rechazado por el Tribunal.
En una de sus partes principales, la sentencia sostuvo que "(…) la Excma. Corte Suprema, refiriéndose al plazo con que contarían los terceros que no han intervenido en el procedimiento de evaluación ambiental, para impugnar la legalidad de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), ha señalado recientemente que 'interpretando armónicamente las disposiciones de las Leyes N° 19.300 y N° 20.600, no puede llegarse a otra conclusión que la de que el plazo es de 30 días, ya que precisamente ese es el plazo que se señala para los reclamos administrativos y ante el tribunal en las diversas normas de la Ley N° 19.300 (…) Es por ello que debe entenderse que los terceros ajenos al procedimiento administrativo y quienes han intervenido en él, tienen 30 días de plazo' (Corte Suprema, Sentencia Rol Nº 11.512-2015, Considerando Duodécimo)".
A partir de lo anterior, los Jueces del Tercer Tribunal Ambiental precisaron en su decisión que "Por lo tanto, habiéndose ejercido la solicitud de invalidación administrativa con fecha 2 de diciembre de 2014, respecto de la Resolución Exenta Nº 037/2014, de 7 de febrero de 2014, este Tribunal dará lugar al rechazo de la acción, conforme a lo sostenido por el Tercero (Celulosa Arauco), (…) pues dicha impugnación debió ser ejercida dentro del plazo de 30 días, y en cambio lo fue en un plazo de 9 meses y 25 días".
La Reclamación contra el proyecto Mapa fue admitida a trámite el 9 de marzo de 2016, y fue presentada por las organizaciones Comunidad Mapuche Sucesión Quiñimil Pirul, Comunidad Mapuche Kudawfe Peñi, Asociación Indígena Maulen Arauco, Comunidad Indígena Chilcoco, y la Comunidad Mapuche Newentuain Pu Peñi.
"La modernización de instalaciones y aumento de la capacidad de producción de la Planta Arauco, de Celulosa Arauco y Constitución S.A." se denomina el proyecto que se hará a través de la introducción de modificaciones y mejoras en las instalaciones actuales, y en la habilitación de una nueva línea de producción y, adicionalmente, en la construcción y operación de una y sus respectivas obras de conexión al Sistema Interconectado Central (SIC), para aportar energía a dicho Sistema obtenida a partir de biomasa forestal.
Este incremento en la producción será enorme. Para hacernos una idea, la actual planta Arauco produce 790 mil toneladas de celulosa al año, Mapa aumentará su producción hasta 2.100.000 toneladas/año, utilizando pino y/o eucalipto indistintamente.
Se trata del más amplio programa de inversiones en la historia de Arauco, con 5 proyectos y una inversión de US$2.300 millones y la generación de nuevos empleos.