El 22º Juzgado Civil de Santiago condenó ayer al Estado de Chile a pagar una indemnización de más de $1.800 millones por a familiares de víctimas del tsunami de febrero de 2010. Esto ocurrió en vísperas de que la Corte de Apelaciones de Santiago dicte la sentencia relativa al recurso de nulidad por la suspensión condicional del procedimiento del juicio oral, recurso que fue presentado por los abogados de las víctimas del maremoto.
De las 74 familias de las 21 víctimas indemnizadas, 37 son parientes de cinco personas fallecidas en la zona, específicamente a dos de la comuna de Talcahuano y a tres de Tomé. Una de ellas, además resultó lesionada en esta última ciudad.
En total, el Fisco deberá pagar $835 millones a estas personas. Las demás familias indemnizadas son de Juan Fernández, San Antonio y Constitución. A cada persona se le otorgó un monto entre $30 millones y 7 millones 500 mil pesos.
En la resolución, el juez Pedro García estableció la responsabilidad de la Oficina Nacional de Emergencias (Onemi) del Ministerio del Interior y el Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (Shoa) en los hechos.
En lo que respecta a los casos de Talcahuano y Tomé, el juez García determinó que "las víctimas podrían haber tomado los resguardos para intentar evitar su muerte si los entes mencionados hubiesen cumplido con las obligaciones que le impone la ley y los reglamentos, y que justamente por causa de las omisiones expuestas sufrieron el desenlace fatal en comento, razones por las cuales se ha configurado un acto culposo por parte del Estado de Chile, bajo la forma de falta de servicio, restando aún analizar la existencia de perjuicios resarcibles".
RECURSO DE NULIDAD
Los abogados querellantes del caso reconocieron que con expectación esperan hoy la decisión de los jueces. Esperan que los fundamentos entregados a los ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago los lleve a rechazar el acuerdo entre la Fiscalía y los 6 imputados, que permitió una salida alternativa que evitó un juicio, previo pago de una indemnización de 235 millones de pesos a los familiares de las víctimas.
Cabe recordar que por la muerte de 105 personas en el tsunami fueron imputados el ex subsecretario del Interior Patricio Rosende, la ex directora nacional de Onemi, Carmen Fernández, el ex jefe del Centro de Alerta Temprana de Onemi, Johaziel Jamett. También están: Mario Andina, ex jefe del Departamento de Oceanografía (S) del Shoa y Andrés Enríquez, ex jefe de operaciones del Shoa y Mariano Rojas, ex director del Shoa.
"Si la Corte revoca la sentencia todo vuelve a la audiencia de preparación de juicio oral, y que es lo que todo el mundo esperaba que se llegara al final. Si confirma la resolución de la jueza, implicará que la suspensión condicional del procedimiento queda a firme y hay que esperar que los imputados cumplan las condiciones que ellos aceptaron", expuso el abogado Enrique Hernández, quien representa a la familia de un fallecido en Talcahuano.
Respecto a la posibilidad de presentar alguna acción en una instancia superior, como puede ser la Corte Suprema u organismos internacionales, Hernández declaró que se deberá revisar la sentencia para establecer si existen o no razones para ingresar algún recurso.
"Siempre una decisión de un tribunal se puede revisar, pero hay que analizar primero la sentencia para ver qué recurso procede", contó el abogado querellante.
ACCIÓN ADMINISTRATIVA
El abogado Leonardo Mello, quien representa a familias de siete fallecidos en Talcahuano, concordó con Hernández en que es necesario conocer los fundamentos de la sentencia para definir qué camino seguir. No obstante, declaró que una de las acciones que sí emprenderá es la de presentar una queja administrativa (sumario) en contra del fiscal regional de la Fiscalía Metropolitana Occidente, José Luis Pérez Calaf.
La presentación en contra de persecutor penal es por lo que han definido como un actuar imprudente y arbitrario al solicitar la suspensión condicional del procedimiento sin consultarles previamente a las víctimas.
"Es una arista que no queremos olvidar. Más allá de lo que resuelva la Corte, acá hubo una decisión anterior que nos puso en este escenario, con la gravedad de que hasta diciembre se llamaba a mis representados para que se prepararan para ir a juicio oral", declaró Mello, quien remarcó que esta fue una situación impresentable.
Se debe recordar que el fiscal Pérez Calaf asumió el caso en enero, en remplazo de la ex fiscal regional de la zona, Solange Huerta, ya que ella había terminado su periodo de ocho años en el cargo.
Uno de los aspectos que para los dos juristas será un factor importante en la sentencia -y que determinará que acciones seguir- es el de la proporcionalidad que se planteó en los alegatos. "Un elemento común en todos los recursos de apelación fue ese factor. Si la salida alternativa era proporcional a los hechos que cometieron los imputados", expuso Enrique Hernández.