Dictan norma que definirá si una enfermedad es o no laboral
Un protocolo para definir si una enfermedad es o no laboral comenzará a regir desde el 1 de marzo venidero. Esto, porque siempre las mutuales del país han trabajado la definición de las enfermedades profesionales de diferente manera, por lo que ahora ese criterio será estandarizado.
Narciso Cortés, director del Instituto de Seguridad Laboral (ISL) de la Región Biobío, explicó a este medio de qué trata la normativa, pues actualmente determinar una patología relacionada con el trabajo es muy difícil.
A modo de ejemplo, puede plantearse el caso de una persona que la aqueja un dolor de hombro y que producto de ello se le irradia hacia la espalda o la muñeca, debido a una actividad repetitiva que el empleado estaba desarrollando. Esta situación, expuso el personero, era enfrentada de forma distinta por cada mutual. Pero no solo eso, pues al interior de cada una de estos organismos, así como en cada región, se aplicaban criterios y procedimientos también diferentes para determinar si es o no un trastorno de carácter profesional.
EN SANTIAGO
El director regional hizo ver que en el Biobío, si se compara con otras zonas del país, la situación es mejor, pues existen médicos y enfermeras especialistas en salud ocupacional, de manera que se podía resolver y trabajar estos temas.
Pero al ser un servicio centralizado, la resolución que califica el origen de esta afección, se hace en Santiago.
En concreto, lo que hace aquí es despachar los exámenes y allá resuelven o califican. Pero lo curioso es que la resolución de calificación (Reca) la envían a la región y debe ser firmada por el director local, quien muchas veces no tenía conocimiento de los elementos que consideraba el equipo calificación para definir si se trataba o no de una enfermedad profesional.
En el caso de las mutualidades privadas, que disponen de muchos más recursos e infraestructura, Cortés sostuvo que ocurre algo más o menos similar, es decir, lo que pudiese resolver un equipo en la capital, no es lo mismo que se soluciona en el Biobío. Entonces, lo que hace ahora el protocolo de la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) es uniformar un proceso de calificación de enfermedad profesional sobre la base de la estandarización.
Esto se logró luego de que la circular 3.167 instruyera "a los organismos administradores del seguro de la Ley n° 16.744, sobre el protocolo de normas mínimas de evaluación que deben cumplir en el proceso de calificación del origen de las enfermedades denunciadas como profesionales", la que fue producto de un trabajo conjunto entre la Suseso con las mutuales y el ISL.
Para ello, la superintendencia convocó a distintos actores a discutir sobre la forma en que se llevaba a cabo el estudio de las denuncias. Se crearon dos grupos de trabajo, las que sesionaron durante aproximadamente 60 días y se implementó una mesa de patologías músculo esqueléticas y otra de salud mental.
Con ello se logró recoger las acciones realizadas por cada organismo administrador y, a su vez, se reunió las mejoras que cada integrante visualizaba sobre el proceso, generando el documento final que agrupa los nuevos requerimientos.
Cortés señaló que la entrada en vigencia de esta normativa entrega mayor transparencia al proceso de calificación y lo estandariza, a través de la creación de un comité compuesto por tres expertos en la materia, entregando una visión más amplia y consensuada.
La circular obliga a contar con profesionales competentes e idóneos en el tema de salud ocupacional, lo que permite que todas las personas evaluadas puedan ser informadas sobre sus patologías, laborales o comunes, disminuyendo el descontento de los trabajadores que generalmente desconocen los criterios de evaluación.
Respecto a si esta nueva forma de estandarizar de alguna manera logra una descentralización y se deja depender de Santiago, Cortés afirmó que dependerá de cada una de las mutuales.
En el caso del Biobío, cree que se seguirá con ese proceso de desvinculación, "como servicio ya lo iniciamos en algunos aspectos bastante profundos. En finanzas, por ejemplo, de calificación de accidentes, los cuales están siendo considerados acá, para lo cual existe un equipo, pero la evaluación de enfermedad profesional, lo más probable es que nuestro servicio concentre en Santiago la calificación de la mayoría de las regiones, para luego continuar con el proceso de descentralización para nuestra zona, Valparaíso y La Araucanía".
Por otra parte, extiende el plazo de investigación a 45 días y posteriormente a 30 para tener un rango de tiempo óptimo para la revisión de los casos y permite, a la vez, que a los 7 días de hecha una denuncia, está ya deba estar siendo evaluada por un especialista.
DATOS
El director regional de ISL señaló que "consideramos que la norma de la Suseso es una contribución real al trabajo de Calificación Médica, aportando directamente a sistematizar, coordinar y complementar el sistema de atención de la Ley 16744".
Respecto al número de enfermedades profesionales en la Región del Biobío, Cortés indicó que de acuerdo a una medición que hace la propia superintendencia, las que son consideradas como tales bordean el 20% de los casos.
Sobre esto, el personero apuntó que uno de los objetivos del protocolo es una mayor precisión en la definición de la existencia de una enfermedad profesional, que luego podría determinar dos cosas. Una que el empleador, que es el obligado a cuidar la salud y seguridad de sus trabajadores, modifique el procedimiento y aleje la posibilidad de contraer la patología. Y la segunda acción es que el empleado sea cambiado de su puesto o mecanismo.
"Eso en una empresa grande es posible hacer, pero en el ISL, el promedio de trabajadores por firma de las que atendemos es de 2,7, o sea, son pequeñas y microempresas. Entonces la aplicación de este protocolo en estos casos es compleja desde el punto de vista de acciones correctivas que permitan despejar o alejar la enfermedad profesional", cerró.