Problemas de implementación de la reforma tributaria
Si bien mucho se ha dicho sobre los problemas prácticos de la implementación de la Reforma Tributaria, es necesario precisar que los problemas no se resuelven con meras interpretaciones administrativas y por lo tanto, requieren cambios en la ley.
La renta atribuida concita múltiples opiniones en relación a la técnica tributaria y su aplicación práctica, ya que originalmente ha sido concebida en la legislación internacional como un sistema tributario especial y alternativo para compañías compuestas por personas, lo que dificulta su aplicación como un sistema general único o en forma paralela interrelacionado al sistema semi integrado.
El sistema semi integrado establece distinciones entre inversionistas locales y extranjeros cuando permite que un socio o accionista extranjero que reside en un país con el cual Chile ha suscrito un convenio de doble imposición pueda utilizar el 100% de crédito (y no solo el 65% como es el caso del inversionista local) del impuesto corporativo pagado por la empresa, al momento de pagar su impuesto adicional. No obstante esta distinción es arbitraria, no es ilegal, pero cuando comparamos esta situación con la de otro inversionista extranjero que reside en un país sin convenio, la desigualdad crece aún más. Bajo este supuesto el inversionista extranjero e incluso uno nacional deberá estudiar situarse en un país con convenio para el solo efecto de aprovechar esta franquicia, lo que a su turno podría ser cuestionado como abuso ante una eventual fiscalización del SII.
Otro tema a considerar es la repatriación de capitales que ha sido concebida como una ventana tributaria para declarar los beneficios, utilidades e incrementos de patrimonio que habiendo sido percibidos, no hayan sido declarados oportunamente por contribuyentes locales. No obstante, es importante tener presente que la obligación de declaración en esta materia se inicia el año 2015 respecto de rentas obtenidas antes del año 2014, y por otro lado, la obligación de transparentar inversiones así como las normas de control de compañías extranjeras introducidas por la Reforma Tributaria se inician el año 2016, de manera que solo a partir de dicha fecha son exigibles resultados y la entrega de información.
Lo que más preocupa a los profesionales involucrados en esta materia y consecuentemente a los contribuyentes, dice relación con la norma anti elusiva genérica. La norma asimila el concepto de elusión al de abuso y de evasión para posteriormente definirlo de manera muy similar, pero sin especificarlos en el caso del abuso y la evasión. Esta situación genera hoy en día una gran incertidumbre entre los usuarios del sistema, pero además hace que los servicios profesionales se encarezcan, ya que deben tomarse todas las precauciones, hacer estudios más acabados, demandando más tiempo y personal, con el solo afán de evitar sanciones pecuniarias posteriores, que estamos seguros no han sido asimilados y más aun, no se estarán dispuestos a pagar.