Exponen nuevos testimonios en audiencia por cajero quemado
Una bencinera que se ubica en la avenida Colón de Hualpén se transformó en un importante elemento en la investigación por el ataque sufrido por Pablo Ramírez Arias, el cajero de Servipag que la tarde del miércoles 29 de julio fue quemado por delincuentes que intentaban robar el módulo atendido por la víctima, en la comuna antes mencionada.
Así quedó establecido ayer durante la audiencia celebrada en la Sexta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción, en la cual se revocó la decisión del jueves 30 de julio del Juzgado de Garantía de Talcahuano, que dejó sin medidas cautelares a Jorge Montecinos Pinto, de 27 años, uno de los dos imputados por robo con violencia calificado, en relación a homicidio frustrado. En esa ocasión, el tribunal porteño también dejó sin acciones precautorias a I.M.P., hermano de 17 años de Montecinos, y rechazó la apelación verbal del Ministerio Público que buscaba evitar la libertad del menor de edad.
En definitiva, el tribunal de alzada penquista ordenó aplicar la prisión preventiva para Jorge Montecinos, quien presenta un largo prontuario de ilícitos previos.
Uno de los argumentos considerados por los magistrados para establecer la prisión fue el testimonio de un bombero que atiende en el mencionado servicentro, quien declaró haber vendido el combustible y reconoció a uno de los dos imputados, el menor de 17 años I.M.P., hermano de Montecinos.
"Dentro del curso de la investigación ya contamos con antecedentes respecto a la adquisición del combustible que habría sido utilizado en este ilícito, habría ocurrido en una bencinera que está cerca al sitio del suceso (al interior de un supermercado, ubicado en Colón 7948)", explicó el fiscal Julián Muñoz.
"El bombero, en un reconocimiento fotográfico, identificó, al menos, al menor de edad, lo que da una concatenación más clara de los hechos", señaló, por su parte, Enrique Hernández, abogado querellante que representa a Ramírez y a su familia.
Es un antecedente que se sumó a los que ya tenía la Fiscalía en la formalización, al igual que la declaración de otra persona más.
COINCIDENCIAS
De manera paralela a las deliberaciones efectuadas ayer en la mañana en la Corte de Apelaciones, Mariángela Thiele, la misma jueza de Garantía que rechazó el jueves las medidas cautelares contra los dos imputados, volvía a verle la cara a I.M.P., está vez detenido al ser descubierto tratando de robar una tienda en el Mall Plaza Trébol, durante la noche del viernes 31 de julio.
En esta ocasión, la suerte del menor de edad fue diferente y la fiscal Ana María Aldana lo formalizó por robo con intimidación frustrado, por lo que se solicitó la internación provisoria, la cual fue acogida por Thiele, con lo que el muchacho quedó privado de libertad.
Según informó la persecutora, alrededor de las 22 horas, I.M.P., junto a otros desconocidos, trató de abrir con un "diablito" un forado en la techumbre de una tienda del sector Aires del centro comercial. Un guardia escuchó ruidos y al acercarse reconoció al imputado y a otro joven más, puesto que ya cometieron ilícitos en el mall.
Como no tenía armas, los encandiló con su linterna mientras llegaba apoyo. Ante esto, I.M.P. trató de agredirlo con el diablito, para escapar después. Finalmente, fue reducido por otros guardias y el resto del grupo huyó.
Ana María Aldana señaló que en un proceso anterior, ella había logrado condenar a I.M.P. por un robo con violencia de 2013, delito que, coincidentemente, se cometió en el mismo servicentro donde se adquirió el combustible con el que se quemó a Pablo Ramírez. La fiscal dijo que en esa ocasión al muchacho se le condenó a 18 meses de libertad asistida simple, sanción que no había sido ejecutoriada, por lo que tenía una orden de detención pendiente. Es así como el trámite judicial se cumplió durante la formalización del jueves. Cabe mencionar que el menor también tenía dos condenas previas por robos con intimidación y con violencia.
HABÍA ANTECEDENTES
"Se ratificó que contábamos con antecedentes suficientes desde un principio para imputar a esta persona (Jorge Montecinos) por la responsabilidad que le corresponde en este hecho de tanta gravedad y que, desde el punto de vista de su necesidad de cautela, ésta solo podía ser resguardada a través de la prisión preventiva", señaló el fiscal Muñoz al término de la audiencia.
Agregó que hay diligencias que se están desarrollando y se están obteniendo más resultados. "De a poco, ciudadanos han tenido el coraje de vencer el miedo que les infunde este hecho y los presuntos responsables y comenzaron a entregar antecedentes", comentó.
Cabe mencionar que el Ministerio Público presentó un recurso de hecho para lograr la internación provisoria de I.M.P., independiente que la misma medida ya se concretó respecto al delito cometido en el mall.
Ricardo Terán, defensor penal público que alegó ayer, comentó que no comparte la decisión del tribunal, puesto que los antecedentes son los mismos presentados en la audiencia de formalización, los que la magistrada Thiele no consideró suficientes. "Lo que se incorporó no vincula a mi defendido con los hechos", dijo.
UN RAZONAMIENTO
A Gisela Inostroza, abogada querellante que representa a Servipag, se le consultó si creía que la magistrada Thiele se había equivocado en la audiencia del jueves, al no otorgar cautelares. Señaló que el Código Procesal Penal dice que hay que tener presunciones fundadas para aplicar medidas cautelares. "Por un error, el código actual quedó con esa nomenclatura antigua. Hoy la jurisprudencia indica que no se requiere tener estas presunciones, sino que un razonamiento que va desde la duda a la conducción. No se puede requerir, en esta etapa procesal, los mismos antecedentes que para un juicio, porque nos llevaría al absurdo que, detenida una persona, se debería hacer el juicio inmediatamente", opinó.