Inversiones y rentas en el exterior
El pasado martes 3 de marzo marcó un hito en los procesos de fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII) por la emisión de la resolución que obliga a los contribuyentes chilenos que mantienen inversiones y rentas en el extranjero, a informar dichos bienes mediante declaración jurada antes del 19 de marzo de cada año, aunque este 2015 se esperará hasta el 30 de de junio, de acuerdo a ampliación de plazo.
El primer problema que se presenta es que en esta declaración el SII incluye otros bienes como inmuebles, bonos, depósitos, préstamos otorgados e incluso, saldos de cuentas corrientes mercantiles, aspectos que constituyen meras acciones y derechos, a diferencia de lo que existía anteriormente, incluso si ellas no son inversiones "permanentes".
De este modo, el problema práctico deriva del tiempo necesario para preparar esta declaración cuando la autoridad ha aumentado el nivel de exigencia en cuanto a los bienes e inversiones que deben incluirse en la misma. Sin perjuicio de lo anterior, el mayor problema radica en que estas nuevas obligaciones debieran relacionarse con las nuevas normas acerca del control de entidades controladas (CFC Rules por su nombre en Inglés) y con las nuevas normas contenidas en el artículo 14 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR). No obstante, serían discordantes en relación a las normas transitorias de repatriación de capitales, por ello el legislador le dio plazos y tiempos diferentes de vigencia a unos y otros.
Es por esto que nos parece razonable y acorde con la LIR que las obligaciones de la resolución aludida sólo puedan ser efectivas a contar del 1 de enero de 2016, de manera que la interpretación de las normas sea acorde al espíritu de la Reforma Tributaria.