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Hipoteca revertida puede ser una alternativa para mejorar pensión al adulto mayor

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La verdad es que estamos en un país en que la población está envejeciendo, de eso no cabe duda. Por lo mismo hay que buscar una solución para la gente de la tercera edad. Además, la expectativa de vida es cada vez mayor y, por lo tanto, estos dos factores hacen muy importante el buscar una buena solución. Sobre todo, ante la existencia de sistemas previsionales que en lago, muy poco, han mejorado las rentas de los pensionados, pero claramente en sectores medios son insuficientes para darle un buen pasar a personas que podrían lograr mucho más con sistemas financieros.

De ahí que han surgido opciones como la hipoteca revertida, que consiste en un procedimiento jurídico financiero que permite a personas cuyos requisitos se establecen en la Ley, entre los cuales están los de tener una edad superior a los 62 años, puedan obtener liquidez contra sus ahorros no financieros y no previsionales.

En términos más sencillos, es un crédito no amortizable, cuya característica se adapta a las condiciones que el adulto mayor tiene, ya que poseen un patrimonio, muy difícil o casi imposible de licuar, ya que los créditos se otorgan no sólo contra garantía, sino contra flujo futuro ya sea de ingresos fijos originados por empleo o por proyecto.

ALTO NÚMERO

El abogado Guillermo Rioseco Flores, que fue fundador y presidente de la Asociación de Corredores Previsionales de la Octava Región, además de gerente general del Colegio de Corredores y Asesores previsionales de Chile, dijo que según estudios de la Superintendencia de Pensiones sobre el 80% de los adultos mayores posee un bien raíz.

Indicó que un sistema de hipoteca revertida (invertida así se denomina en ese país) funciona en España, vinculada al sector de los pensionados. Un sistema similar opera en Estados Unidos, pero focalizado a los veteranos de guerra de ese país.

Entre las ventajas de esta modalidad de crédito están aumentar el ingreso mensual de los usuarios en este caso adultos mayores, teniendo como efecto esperado una mejor calidad de vida.

Contra la hipoteca del bien raíz, se paga un monto mensual vitalicio para el propietario y además este conserva el usufructo vitalicio del bien raíz. De alguna manera esto afecta el derecho sucesorio en el sentido, que a lo menos el bien raíz gravado, no formará parte de la masa hereditaria.

Rioseco sostuvo que "existe una tendencia hoy en derecho sucesorio, a privilegiar los lazos de tipo afectivo, de las personas que entregan al adulto mayor un soporte emocional y afectivo, asumiendo que la crianza y la formación de los hijos ya fue una etapa cumplida", la reciente modificación del Código Civil del año 1989, de alguna manera refleja esta tendencia internacional.

"Este nuevo escenario que crearía la hipoteca revertida, en algún modo altera la cultura del ahorro y podría gatillar un circuito virtuoso en el sentido que las generaciones jóvenes, van a ocuparse más temprano de ahorrar o adquirir su bien raíz, ya que la expectativa tradicional de heredar el total o parte de a lo menos una propiedad familiar, disminuirá notablemente por el efecto de la hipoteca revertida", explicó.

VENTAJAS

Las ventajas de una hipoteca revertida están que se conserva la propiedad (uso y goce) del hogar. No deja ninguna deuda para sus herederos, no hay cuota, ningunas calificaciones de la renta o del crédito, la cantidad del préstamo nunca será más que el valor de su característica, el efectivo recibido es exento de impuestos y no afecta la Seguridad Social o Seguro de enfermedad y no hay límites en el uso de fondos.

Una segunda propuesta, complementaria a la anterior, se fundamenta en el hecho que, en la actualidad más del 80% de la población adulta mayor en Chile es propietaria de una vivienda, la cual ha pagado totalmente o se encuentra terminando su pago. Si bien este segmento de la población está menos presente entre los grupos más pobres del país, presenta ingresos por pensiones cercanos a la mínima, eventualmente producto de su propia imprevisión, o del deficiente funcionamiento de los sistemas de previsión obligatorios, o de una combinación de éstos y otros factores.

A pesar de una deficiente cobertura en montos de pensión, la gran mayoría de la población ha acumulado una importante cifra de ahorros personales en su vivienda, la cual podría representar una innovadora fuente de recursos si se desarrollara un mecanismo que permitiese hacer líquido dicho ahorro y convertirlo en pensión.

La formación de esta organización industrial va dirigida a personas mayores de 60 años y sin límite de edad superior, propietarios de una vivienda totalmente pagada o con un porcentaje menor de deuda, entre los que se pueden identificar, fundamentalmente, pensionados y trabajadores independientes sin cobertura previsional.

INTERMEDIA

Para lograr este objetivo se requiere establecer un sistema de organización industrial que, de manera muy simple, conecte a las personas mayores dueñas de viviendas (clientes) con inversionistas institucionales que estén dispuestos a poner sus recursos en el financiamiento en valor presente de sus viviendas.

Para que este enlace se produzca, se establece la existencia de una entidad intermedia que celebre contratos con los clientes y tenga la capacidad de acopiarlos para, a través de mecanismos que el mercado de capitales ofrece, pueda darle la forma de instrumentos que sean elegibles por los inversionistas, tanto por las restricciones que el marco legal en que ellas operan les obliga, como en el atractivo frente a las alternativas de riesgo-rentabilidad que otros instrumentos les entregan.

Desde el punto de vista del cliente, la entidad de enlace va a ser la que le va aportar los recursos líquidos, que van a tomar la forma de productos predeterminado a elegir: entre rentas vitalicias con alguna Compañía de Seguro y/o cuentas de ahorro (líneas de crédito) con una institución de las ofrezca.

Guillermo Rioseco dijo que este crédito podría aplicarse como complemento de pensión. Lo podrían otorgar las compañías de seguros, bancos y/o Cajas de Compensación.

Habría que autorizar a las primeras para modificar sus reservas técnicas y a invertir en inmuebles habitacionales.

El Estado se debería involucrar, legislando, con el objeto de crear un período garantizado, similar a los períodos garantizados de las rentas vitalicias.

De aplicarse este modelo de crédito hipotecario revertido, se generaría una importante demanda agregada, de insospechadas ventajas en la calidad de vida de los adultos mayores.

No requiere recursos fiscales, al contrario, podría compensar el gasto fiscal en las pensiones garantizadas.