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Minorías: AVP es primer paso para igualdad de derechos

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Después de tres años en el Senado, el proyecto de Acuerdo de Vida en Pareja logró sortear su primer trámite constitucional y en los próximos días pasará a la Cámara de Diputados para su discusión en segundo trámite constitucional.

La sala de la Cámara Alta aprobó la propuesta en general por 28 votos, de un total de 37, iniciativa que además se votó en particular por cada uno de los 46 artículos que contempla la propuesta. Esta iniciativa apunta a regular las uniones fuera del matrimonio, ya sea entre personas del mismo sexo o parejas heterosexuales.

Los grupos ligados a minorías sexuales, como el Movilh y Fundación Iguales, quedaron bastante conformes con lo que despachó el Senado. Esto, considerado todos los cambios que sufrió esta iniciativa durante su discusión.

Quienes no quedaron tan contentos fueron los líderes de las iglesias cristianas, pues afirman que esta normativa atenta contra la familia y los valores que deben primar en la sociedad.

Inquietud personal

Guillermo Ruz, conocido dirigente del edificio Plaza del Río, estuvo sentado en primera fila cuando el Senado aprobó la propuesta el martes. Contó que asistió por una inquietud personal y que, al parecer, era el único penquista presente entre el público.

Relató que fue interesante estar en la tramitación, pues pudo escuchar la argumentación de todos los legisladores que intervinieron durante la jornada. Lo único que lamentó fue la participación de las iglesias evangélicas. Afirmó que mostraron una actitud agresiva hacia los representantes de los movimientos homosexuales presentes. "Quede impresionado con el fanatismo religioso", expresó, agregando que para él dar la posibilidad de una unión civil a parejas del mismo sexo tiene que ver más con un tema de derechos humanos que con la moral. "La misma Constitución plantea la igualdad de derechos entre todos los ciudadanos", completó.

Es el principio

Carlos Torres es el representante local de la Fundación Iguales. Dijo que están felices con los resultados y que, tal como se expresó la mayoría en el Senado, espera que el grueso de la sociedad tenga la misma apertura con aquellas parejas del mismo sexo que quieran legalizar su unión.

Eso sí, mencionó que esta es la primera iniciativa de una serie de leyes que deberían aprobarse para avanzar hacia la igualdad de derechos de las minorías sexuales. Lo que sigue, apuntó, es el matrimonio igualitario y la ley de identidad de género, ambas también ingresadas en el Congreso.

Cristian Loyola, concejal de Quilaco y vocero del Movilh en la Región, está de acuerdo con que el AVP es un primer paso hacia la igualdad de derechos. Cree que la tramitación en la Cámara de Diputados debiera ser rápida y que debe incorporarse -al menos por eso abogarán- indicaciones sobre derechos previsionales en personas que tienen parejas con AVP en las fuerzas armadas y que se pueda conceder la nacionalidad a extranjeros con AVP en Chile.

Nueva tratativa

Hernán Cid, presidente del Consejo de Pastores de Concepción, comentó que su postura es la misma que han exhibido los representantes de las iglesias cristianas: en contra de esta normativa.

Dijo que seguirán con las gestiones para evitar que esto se apruebe en la Cámara de Diputados, porque atenta contra los valores y la familia.

"Si miramos a Estados Unidos u otros países donde se han implementado estas leyes, en estas sociedades hay un anarquismo total y es a ese anarquismo al que le estamos abriendo las puertas en Chile", aseguró Cid.

en pareja es un contrato celebrado entre dos personas con el propósito de regular los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común, de carácter estable y permanente.

Las partes de este contrato se denominarán convivientes civiles y serán considerados parientes. El estado civil será de pareja civil.

sujetarse a plazo, condición, modo ni gravamen alguno. Tampoco podrá prometerse su celebración.

en pareja se celebrará en el Servicio de Registro Civil e Identificación, ante cualquier oficial. La celebración podrá efectuarse en el local de su oficina o en el lugar que señalaren los contrayentes.

este contrato será necesario que los contrayentes sean mayores de edad y tengan la libre administración de sus bienes.

vida en pareja haya expirado, la mujer que está embarazada no podrá contraer matrimonio con un varón distinto ni celebrar un nuevo acuerdo antes del parto, o, no habiendo señales de preñez, antes de cumplirse los doscientos setenta días subsiguientes a la expiración del acuerdo.

en pareja, uniones civiles o contratos equivalentes, no constitutivos de matrimonio, que regulen la vida afectiva en común de dos personas del mismo o de distinto sexo, sujetos a registro y celebrados válidamente en el extranjero, serán reconocidos en Chile, en determinados casos.

deberán ayuda mutua. Asimismo, estarán obligados a solventar los gastos generados por su vida en común, de conformidad a sus facultades económicas y al régimen patrimonial que exista entre ellos.

la propiedad, goce y administración de los bienes adquiridos a cualquier título antes de la celebración del contrato y de los que adquieran durante la vigencia de éste.

tendrá también el derecho de adjudicación preferente que la regla 10ª del artículo 1337 del Código Civil otorga al cónyuge sobreviviente.

tendrá legitimación activa para reclamar las indemnizaciones derivadas de los perjuicios patrimoniales y morales a que haya lugar, a consecuencia del fallecimiento de su conviviente civil por el hecho ilícito de un tercero.

haberse dedicado al cuidado de los hijos o a las labores propias del hogar común, uno de los convivientes civiles no pudo desarrollar una actividad remunerada o lucrativa durante la vigencia del acuerdo de vida en pareja, o lo hizo en menor medida de lo que podía y quería, tendrá derecho a que, cuando se produzca el término del acuerdo, se le compense el menoscabo económico sufrido por esta causa.