El director de la Unidad de Análisis Financiero (UAF), Javier Cruz Tamburrino, y el superintendente de Casinos de Juego, Renato Hamel Maturana, firmaron una circular conjunta para actualizar la normativa que hoy se aplica a los casinos de juego que funcionan en el país, de acuerdo con las nuevas directrices internacionales fijadas por el Grupo de Acción Financiera , sobre el Lavado de Dinero y el Financiamiento del Terrorismo.
De acuerdo a la circular, todos los casinos de juego del país deberán contar con un Sistema de Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo, basado principalmente en el concepto 'Conozca a su Cliente', que se aplicará a toda persona natural con la cual el casino de juego realice operaciones propias de su giro, en que se transen sumas de dinero iguales o superiores a US$ 3.000 (tres mil dólares de los Estados Unidos de Norteamérica), o su equivalente en otras monedas.
Las sociedades operadoras de casinos de juego deberán enviar a su Directorio el Sistema de Prevención para la aprobación de éste, y remitirle información periódica sobre las operaciones analizadas, acciones realizadas respecto de ellas y operaciones informadas a UAF, así como también sobre el cumplimiento de las políticas y procedimientos internos en esta materia.
Hamel puntualizó que, en el caso de los casinos de juego, las operaciones a analizar son aquellas propias de su giro, tales como 'las apuestas realizadas en los juegos de azar, el canje de las fichas de juego, el cambio de divisas, en caso que este último servicio sea ofrecido por el casino de juego o por la sociedad operadora del mismo, como asimismo todas aquellas que implican un constante flujo de dinero en efectivo desde el casino de juego hacia sus clientes, y viceversa'.
Cruz manifestó que la firma de esta circular conjunta 'es una señal potente de coordinación entre dos entidades que tienen un plan de trabajo común para prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo'.
Ambas autoridades coincidieron en la necesidad de mantener sus esfuerzos de coordinación en la prevención del lavado de activos; así como también para revisar la normativa en forma periódica, en tanto las dinámicas de la industria así lo requieran, y los estándares internacionales en la materia vayan cambiando.
Según lo instruido en la circular, los casinos de juego deberán registrar y conservar la información relacionada con la identificación y el conocimiento de los clientes por un plazo mínimo de cinco años, a partir de la última operación realizada por éste, debiendo estar disponible para la UAF y la SCJ, en caso que cualquiera de dichas instituciones lo requiera.