Malas noticias para los comerciantes saqueados para el 27/F. La Corte Suprema rechazó dos demandas presentadas por grupos de locatarios de Talcahuano y Lota en contra del Fisco por la responsabilidad del Estado en los saqueos ocurridos después del terremoto de 2010.
En fallos unánimes, la tercera sala del máximo tribunal rechazó los recursos de casación en contra de sentencias del Tercer y Primer Juzgado Civil de Concepción, respectivamente. Ambos tribunales ya habían rechazado el indemnizar a los 9 comerciantes de Talcahuano y 13 de Lota que presentaron los recursos.
Ambos fallos consideran que la determinación de los estados de excepción constitucional es una facultad propia del Presidente de la República y que no se encuentra sujeta al control de los tribunales de justicia: 'Esta Corte estima que la declaración de la Región del Bío Bío como zona afectada por el sismo con características de terremoto el mismo día 27 de febrero de 2010 se inscribe, al igual que la declaración del estado de excepción constitucional de catástrofe, en el ámbito de las atribuciones exclusivas del Presidente de la República; que se trata de prerrogativas de gobierno o políticas y que por tal consideración no pueden quedar las mismas sujetas al control judicial en cuanto al mérito u oportunidad en que han debido ser ejercidas'.
'Admitir que una decisión tal, en esencia un acto político o de gobierno, no justiciable, pueda ser evaluado en su mérito por la judicatura trastoca el principio de separación de funciones', agregó el fallo.
'Los órganos jurisdiccionales no se encuentran autorizados para revisar decisiones de esta índole', concluyen los ministros.