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Adultos mayores: no infantilizar ni sobreproteger

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Según el último informe Estadísticas Sanitarias Mundiales 2014 de la Organización Mundial de la Salud (OMS), hoy la esperanza de vida en Chile llega a los 80 años, situándolo como líder de América Latina y entre los 27 mejores países del mundo en esta materia.

Estas cifras implican un enorme desafío para el Estado y la sociedad chilena en su conjunto, en cuanto a contener - en términos económicos y sanitarios - un segmento de población envejecido cada vez más creciente. El Estado se ha hecho cargo a través de la Política Integral de Envejecimiento Positivo, que agrupa a diversos ministerios.

Sin embargo, los plazos de implementación se acortan. El país ya está envejecido y es necesario actuar ya. ¿Cómo promover adultos mayores más autónomos e independientes, que tengan una mejor salud mental y física?

Lo primero, es confiando en las capacidades de las personas mayores. La edad no es impedimento para que continúen con su vida habitual, hay que estimularlos a que participen en la comunidad y en la toma de decisiones en los temas que les compete.

Las familias no deben sobreproteger a sus mayores como si fueran niños, impidiéndoles continuar con sus actividades habituales. Términos como 'abuelitos' o 'tatas', recurrentes en los medios, sólo los infantilizan y disminuyen su imagen en la sociedad y ante ellos mismos.

El envejecimiento es una realidad presente, por lo que es necesario educar a la comunidad sobre los cambios asociados a esta etapa de la vida, identificando lo que es normal y aquello que no lo es. Así, la formación en Gerontología debe ser transversal en todos los niveles de educación y carreras, comprometiendo todas las disciplinas.

Fumar es un placer…. ¿Hasta cuándo?

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Este 31 de mayo conmemoramos el Día Mundial Sin Tabaco y en esta fecha no puedo olvidar la frase 'Fumar es un placer genial, sensual...' que nos cantaba a comienzos de los años sesenta la cantante española Sarita Montiel.

Sin embargo, se ha demostrado que dejó de ser un placer para convertirse en la mayor carga de enfermedad, discapacidad y muerte evitable en el mundo y esto por el dramático aumento y difusión del consumo de tabaco. Todo esto llevó a la Organización Mundial de la Salud (OMS) hace apenas diez años a impulsar una iniciativa que permita abordar en forma efectiva esta epidemia silenciosa que cruza las fronteras, culturas, sociedades y estratos socioeconómicos

En el mundo -según cifras de la OMS- mueren anualmente cerca de 5 millones de personas por esa causa y se estima que éstas alcanzarán los 10 millones en 2025, el 70% de las cuales ocurrirán en países en desarrollo como el nuestro y afectarán a los que son niños y adolescentes en el día de hoy.

En nuestro país, el 40.6 % de la población de entre 15 y 64 años consume tabaco, el 70% de los niños de 15 años ya lo ha consumido y un 13% de ellos ya lo había hecho antes de los 7 años. La mitad de los escolares lo hace diariamente, la edad de inicio está alrededor de los 13 años y se estima que más de 13 mil personas murieron en nuestro país a consecuencia del consumo de tabaco, cifra que representa el 16% de las muertes ocurridas en un año.

El consumo de tabaco representa la principal causa única prevenible de enfermedad, discapacidad y muerte en el mundo actual. El consumo de tabaco y la exposición al humo que se genera al fumar (humo de segunda mano) ocasiona daños sistémicos y progresivos al organismo, conduciendo a un deterioro marcado de la salud.

¡Nunca es tarde para dejar de fumar! Se ha demostrado que pacientes con cáncer de pulmón que abandonan el tabaco presentan una mejoría en su respuesta al tratamiento en relación a aquellos que siguen fumando.

Impuestos al tabaco

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En medio de esta conmemoración del Día Mundial sin Tabaco, quisiera referirme al tema del aumento de los impuestos al tabaco. Creo que esta medida trae un doble beneficio para los gobiernos: genera ingreso y, al desalentar el tabaquismo, fomenta la salud pública y disminuye los costos de servicios de salud.

En un estudio realizado recientemente en cinco países de Latinoamérica, entre ellos Chile, se evidenció que el uso del tabaco es responsable de 162.532 fallecimientos de personas adultas al año en Chile, produce 910.771 casos de Enfermedades respiratorias crónicas , 730.418 Infartos y hospitalizaciones por enfermedades cardiacas y 162.028 diagnósticos de Cáncer.

Los fumadores hombres pierden en promedio 5,4 y las mujeres 5,8 años de vida por esta causa. El consumo de tabaco es responsable en forma directa de la pérdida de casi 10 millones de años de vida saludable por muerte prematura y enfermedad.

Por ello, nuestra Sociedad Científica insiste en la importancia y oportunidad de apoyar aquellas medidas que incrementen el precio de los productos de tabaco, medida efectiva para reducir su consumo.

A modo de ejemplo, se puede comentar que en Brasil, el precio promedio de los cigarrillos se incrementó en más del doble de 2006 a 2013.

Como resultado, las ventas decayeron al pasar de 5,6 mil millones de cajetillas a 3,8 mil millones de cajetillas en el mismo periodo, y el número de fumadores también decreció al pasar de 21,4 millones a 17,1 millones.

El ingreso fiscal producto del impuesto al consumo se incremento pasó de 3.5 mil millones de reales (USD 1.6 mil millones) a 5.1 mil millones de reales.

Reforma tributaria y prescripción

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El artículo 70 de la Ley de Impuesto a la Renta solo exige al contribuyente probar el origen de los fondos con los cuales ha solventado ciertas inversiones que el Servicio de Impuestos Internos (SII) le atribuye. Si aquél cumple con semejante carga, la fiscalización llegará a su fin, o bien, de haber existido reclamo, la sentencia definitiva del Tribunal Tributario y Aduanero le será favorable, pues la tributación de los dineros así justificados debe ser objeto de una nueva actuación inspectora.

Sin embargo, no es infrecuente advertir que la acción del SII está próxima a prescribir o prescrita a la fecha en que el administrado proporciona los antecedentes relativos al origen de los fondos. Por regla general, operará la prescripción extintiva pasados tres años desde la expiración del plazo legal en que debió efectuarse el pago del impuesto, o transcurridos seis si se trata de impuestos sujetos a declaración, cuando ésta no se hubiere presentado o la presentada fuere maliciosamente falsa (art. 200 del Código Tributario).

El Proyecto de Reforma Tributaria propone incorporar un nuevo inciso final al artículo 70, de acuerdo con el cual, si el contribuyente probare el origen de los fondos, pero no acreditare haber cumplido con los impuestos que hubiese correspondido aplicar sobre tales cantidades, los plazos de prescripción se entenderán aumentados o renovados, según corresponda, por seis meses contados desde la notificación de la citación, para perseguir el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de los intereses penales y multas que se derivan de tal incumplimiento.

La renovación del plazo es el punto más sensible de la norma propuesta, pues podría afectar a operaciones cuya antigüedad es superior a diez años, límite máximo contemplado en nuestro Código Civil (art. 2520) para que toda situación jurídica o derecho se consolide. Así ocurrirá, por ejemplo, si los dineros con que se financió la inversión provienen de una venta afecta a IVA, omitida hace once años.

La norma se justifica, porque el SII solo tiene noticia del origen de los fondos una vez que el contribuyente aporta los antecedentes respectivos.

El conflicto es claro: interés recaudatorio versus seguridad jurídica. Su decisión, en lo inmediato, no está en los jueces.