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No habrá beneficio a líderes de la CAM

Petición a máximo tribunal penquista se sustentó en resultados de otra causa en la que estuvieron involucrados los comuneros.

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La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Concepción declaró inadmisible el recurso de apelación ingresado por el Ministerio Público en la llamada causa de Cañete, donde los líderes de la Coordinadora Arauco-Malleco (CAM) Héctor Llaitul y Ramón Llanquileo fueron declarados culpables en los cargos de asociación ilícita terrorista e incendio, en el ataque a una comitiva de personal policial la que también integraba el fiscal Mario Elgueta en octubre de 2008.

La acción de Fiscalía correspondió al abono de condena al que accedió el Juzgado de Garantía de Cañete el pasado 29 de abril, tras la petición que formuló la defensa, donde se argumentó que el tiempo de privación de libertad, gatillado por la prisión preventiva en la causa civil y por la causa de la justicia militar, en la suma deben ser restados al tiempo de condena final.

"Nosotros decimos que es imposible, porque materialmente estamos hablando de una misma privación de libertad", manifestó el fiscal Álvaro Hermosilla.

Por su parte, el Jefe de estudios de la Defensoría Penal Pública, Pelayo Vial, explicó que "efectivamente cuando fueron perseguidos (Llaitul y Llanquileo) por la causa de Cañete también fueron detenidos paralelamente por una causa de justicia militar, en la cual permanecieron muchos meses privados de libertad. En la causa de justicia militar ya fueron absueltos, por lo tanto lo que estamos solicitando es que ese periodo de privación de libertad, en virtud de la sentencia de la causa de justicia militar, sea abonada a la causa por la que finalmente fueron condenados".

Sobre los meses de abono, Vial comentó que "son 18 para Llaitul y 21 para Llanquileo". La Defensoría además presentó un recurso de hecho ante la acción legal de Fiscalía. Se estima que con esto Llanquileo podría quedar en libertad y Llaitul, con beneficios carcelarios.

Querellantes de "Bocamina" se reunieron con el CDE

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Los abogados querellantes del caso "Bocamina", la termoeléctrica que Endesa tiene en Coronel y que está cuestionada e investigada por contaminar, llegaron ayer hasta el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en Concepción, con el fin de pedir al organismo que se haga parte en la causa.

Tras reunirse con la procuradora fiscal de Concepción del CDE, Ximena Hassi, los querellantes comentaron que en primera instancia notaron buena recepción de lo expuesto.

En esta línea, el abogado Renato Fuentealba dijo que "solicitamos directamente la intervención. En el CDE nos solicitaron paciencia, ya que dentro de los procesos administrativos los antecedentes deben ser remitidos a la Unidad de Medioambiente. Si el consejo resuelve que debe hacerse parte en las causas criminales, el CDE puede hacerse parte en querellas".

"Hay mucho interés de parte del Consejo de Defensa del Estado de tomar una decisión atendido a la trascendencia de la denuncia que estamos haciendo, que esto no es tan solo la insistencia de un daño ambiental, sino que también de eventuales daños colaterales a las personas, de acuerdo al informe de la Brigada de Delitos Ambientales de la PDI".

Los abogados Roberto Coloma y Paula Villegas reiteraron que en el corto plazo llegarán a la Contraloría para solicitar una investigación del organismo sobre la reunión que sostuvo a principios de este mes el intendente regional, Rodrigo Díaz con ejecutivos de Endesa en dependencias del Gobierno Regional.

Villegas acusó que como parte querellante y actores de alto interés en la causa en más de una ocasión han pedido una entrevista con Díaz, cuestión que, dicen, no se ha concedido, por lo que cuestionan el criterio de la autoridad sobre cuáles son los requisitos para tener una comunicación más expedita entre todas las partes.

Roberto Coloma manifestó que incluso "hay hechos más graves que eso, como la omisión por parte de la Superintendencia de Medioambiente y el Servicio de Evaluación ambiental, que han permitido por esta causa que Bocamina siga en función".

RN entrega su respaldo a Martínez tras resolución de desafuero

Parte querellante y familia de fallecidos del caso "Neltume" aplauden resolución de la Corte de Apelaciones de Valdivia.

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En un fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso de desafuero en contra del diputado (RN) por Chillán, Rosauro Martínez, a quien se quiere investigar por un caso de Derechos Humanos ocurrido en 1981 cuando él era capitán del Ejército. Esto, a una semana de que la resolución haya quedado en acuerdo, tras la realización de los alegatos correspondientes. Esto, de quedar a firme, permitirá realizar un juicio al legislador.

Vale recordar que este último trámite fue visto en dos oportunidades por el tribunal, luego de dejar sin efecto los alegatos del 11 de abril, donde la corte acogió lo expuesto por la defensa del parlamentario, que apuntó a que la magistrada Rudy Alvear, quien integró sala en esa ocasión, ya se había declarado implicada en la causa. La defensa alegó un proceso viciado que no daba garantías, en la medida que se estaba en presencia de un acto inconstitucional.

En esta línea es que, tras la acusación posterior a la Corte Suprema, el máximo tribunal de justicia instruyó a la Corte de Apelaciones de Valdivia iniciar un proceso de sumario a la citada ministra.

Desde Renovación Nacional, partido donde milita Rosauro Martínez, el vicepresidente nacional de la colectividad, Claudio Eguiluz, informó que existe un total respaldo hacia el desaforado diputado, expresando que lamenta mucho la situación: "Conozco a Rosauro desde hace muchos años y confío en lo que él nos ha dicho, que es que no tiene ninguna responsabilidad en los hechos. Espero que la justicia aclare todo esto y que Rosauro salga limpio de todo lo que se le está acusando".

A su vez, el presidente regional de RN, Frank Sauerbaum, dijo estar en la misma línea de apoyo, insistiendo que lo ocurrido con el diputado corresponde en parte importante a una intención política que se arrastra desde la última campaña de elecciones parlamentarias del año pasado, apuntando al Partido Comunista como uno de los ejes de este punto.

"En mayo de 2013 la gente del PC comenzó a levantar el tema hasta que lo llevó a tribunales y, por lo tanto, no nos sorprende de que hayan intenciones políticas detrás, es evidente. Nosotros conocemos de la calidad humana de Rosauro y no hay antecedentes suficientes para involucrarlo en un hecho delictivo", precisó Sauerbaum.

El fallo con el que la corte valdiviana desaforó a Martínez por el caso "Neltume", donde la parte querellante insiste que el diputado tuvo responsabilidad directa en la muerte de tres militantes del MIR (Próspero del Carmen Guzmán Soto, Patricio Alejandro Calfuquir Hernández y José Eduardo Monsalve Sandoval), tiene 26 páginas. Allí se menciona que ante los antecedentes estudiados "es posible concluir la concurrencia de fundadas sospechas de la participación de don Rosauro Martínez Labbé como autor del delito de homicidio calificado".

A su vez, el documento reconoce a la Compañía de Comandos Nº8 de Valdivia, liderada por Martínez Labbé, con "el objeto de neutralizar la guerrilla que pretendía operar en la zona cordillerana de Neltume, autorizándose, al efecto, el empleo de técnicas de contraguerillas en el marco de la denominada 'Operación Machete'", a propósito de la entrada clandestina de 11 miristas al país tras llegar del exilio, cuestión que motivó la arremetida militar.

Por último, la resolución dicta que "habiéndose verificado en la presente gestión la concurrencia de los presupuestos exigidos por el artículo 612 del Código de Procedimiento Penal para dar lugar a la formación de causa respecto del diputado señor Rosauro Martínez Labbé, se accederá a la petición de desafuero formulada por los querellantes en los términos que se dirá en lo resolutivo del presente fallo".

A partir de ayer, cuando se dio a conocer el fallo, la defensa de Rosauro Martínez tiene un plazo de cinco días para apelar ante la Corte Suprema, cuestión que, según el abogado, Fernando Saenger, representante del diputado de RN, realizarán una vez que se lean todos los pasajes del fallo. "Estudiaremos el documento y así llegaremos a la Corte Suprema de Justicia", dijo el profesional.

La abogada querellante, Magdalena Garcés, expresó total satisfacción por lo resuelto por el tribunal de la Región de Los Ríos. "Es un paso gigantesco en la búsqueda de la verdad y la justicia", expresó, recalcando que "el fallo es contundente".

María Elena Calfuquir, hermana de una de los fallecidos del caso "Neltume" (Patricio Calfuquir cuya chapa política era Peyuco), expresó que desde ahora en adelante "esperamos que Martínez colabore con la justicia", sumando que "esto marcará un precedente. La gente no puede seguir votando de forma ignorante sin saber quiénes van a ser sus representantes en el parlamento".

De acuerdo a lo explicado por las partes, de acoger la apelación el máximo tribunal del país, se deberán llevar a cabo alegatos en el caso. De resolverse todo a favor de los intereses de la parte querellante, Martínez quedaría suspendido de sus labores como parlamentario (ver nota relacionada), pasando a declarar en calidad de inculpado en la causa. Aquello, en un plazo de un mes de aquí en adelante, según estimaciones de los profesionales.

De acuerdo al inciso final del artículo 61 de la Constitución Política, el desafuero se produce "en el momento en que se declara, por resolución haber lugar a la formación de causa en contra de un parlamentario", como consta el estatuto de la Cámara de Diputados. "Sin embargo, el artículo 419 del Código Procesal Penal dispone que la resolución que declara el desafuero, una vez que haya quedado firme, debe ser comunicada por la Corte de Apelaciones respectiva a la rama del Congreso Nacional a que perteneciere el desaforado y desde la fecha de esa comunicación el diputado o senador queda suspendido de su cargo". Una vez realizado lo anterior, el desafuero se lleva a cabo una vez que la resolución se da a conocer en la cuenta de una sesión de la Cámara.

En cuanto a los efectos de la resolución que acoge el desafuero, tiene las siguientes consecuencias: el desaforado no puede asistir a sesiones de sala ni de comisiones, sin poder tener uso de la palabra ni votar. Además, tampoco se le considera para efectos de quórumes y mayorías.

Sin embargo, el diputado desaforado sigue percibiendo dieta parlamentaria y no se produce cesación del cargo, a menos que a la posterioridad el parlamentario reciba una condena privativa de libertad igual o mayor a tres años y un día. Esto gatilla en una vacancia del cargo.

Desde 1990 hasta la fecha un total de 7 diputados terminaron desaforados por diferentes causas: Ricardo Rincón (2002), Mario Escobar (2003), Jaime Jiménez (2003), Eduardo Lagos (2003), Víctor Rebolledo (2003), Cristian Pareto (2003) y Carlos Hidalgo (2005). A su vez, hay un grupo de otros 4 diputados que su fuero fue repuesto a la posterioridad: Juan Pablo Letelier (2003), Iván Paredes (2007-2008), Laura Soto (2008-2009), Amelia Herrera (2008-2009).

En una nota de audio enviada a los medios de comunicación ayer por la tarde, Rosauro Martínez declaró que: "Frente a la decisión de la Corte de Apelaciones de Valdivia quiero manifestar mi tranquilidad e inocencia y como siempre lo he dicho: soy respetuoso de las resoluciones de la justicia y voy a hacer uso de las instancias que ésta me da".

"El que se haya acogido el desafuero en primera instancia en ningún caso significa tener responsabilidad de lo que se me acusa (...). Tengo absoluta tranquilidad y fe de que podré demostrar ante las instancias que correspondan que mi actuar se ciñó a las normas legales y protocolares existentes, lo que fue conocido y resuelto en su oportunidad (...)", agregó.