La sala especial en temas penales del tribunal máximo del país revisaría la materia.
Un primer objetivo para lograr un nuevo juicio oral alcanzó ayer la defensa de los 3 ejecutivos condenados en el segundo proceso por el desplome del edificio Alto Río, cuando la Segunda Sala de la Corte Suprema acogió la admisibilidad de los recursos de nulidad presentados en favor de los imputados.
El abogado Alejandro Espinoza, representante de Juan Ignacio Ortigosa, Felipe Parra y Ricardo Baeza, recordó que entre las causales planteadas en los recursos existían algunas referidas a la vulneración de garantías constitucionales, las cuales son competencia de la Corte Suprema.
Para Espinoza esto es un triunfo, porque "el propio fiscal nacional, en una cosa bastante inusual, recurre para que se declaren inadmisibles las nulidades, que no se admitiera prueba, lo que fue desechado, y, en el evento que se vieran en tribunal, esto ocurriera en la Corte de Apelaciones", señaló Espinoza.
Las alegaciones, opinó el profesional, podrían concretarse en marzo, porque en febrero quedan funcionando las salas de verano. "Probablemente, si lo tomó la Suprema, lo va querer ver la sala especializada penal. Pocos casos son visto en la Corte Suprema, sólo los que sientan jurisprudencia en materias relevantes", aseveró el profesional.
SIN TEMOR
El fiscal regional, Julio Contardo, no le dio mayor importancia al hecho que la Corte Suprema vaya a escuchar las alegaciones. "No lo presentamos para que lo viera una u otra corte, la única diferencia es la causal que se señala, que estimamos que es de aquéllas que deben ser conocidas por la Corte de Apelaciones de Concepción, respecto si hay algún mensaje en esto, no lo creo", dijo.
Agregó que aún no se entró a conocer el fondo de los recursos e insistió en que no existe temor en el Ministerio Público sobre que una sala especializada vea la materia.
CAUSALES
Espinoza explicó algunos de los fundamentos de las causales planteadas en los recursos.
En primer lugar, señaló que estiman que el tribunal presumió que había responsabilidad penal, aplicando normas de materias civiles en materia criminal.
"Dijeron que por el mero hecho de ser representantes legales (los ejecutivos) eran responsables de un hecho delictivo, lo que es un error constitucional", dijo.
Otro aspecto que destacó el abogado es que nadie puede ser declarado culpable si no se ha establecido su responsabilidad penal de acuerdo a un procedimiento legal y se pruebe por medio de un debido proceso. "En este caso, mis representados son condenados por los defectos constructivos, usando una prueba de especificaciones técnicas que no fue introducida en el juicio", afirmó.
PRUEBAS
Espinoza señaló que la Corte Suprema también tomó competencia en otro tipo de causales que no están enmarcadas en la vulneración de las garantías constitucionales.
"Por ejemplo, el tribunal que condenó en el segundo juicio no se hizo cargo de la prueba rendida, que es el mismo vicio por el cual se anuló el juicio el año pasado. Hubo peritos que entregaron antecedentes que van en contra de la tesis de los magistrados del juicio. Ellos pueden decidir en cualquier sentido, pero tienen que decir por qué desestiman la declaración de un perito o testigo y eso no lo hacen en el fallo", comentó el defensor.
Pero, en el segundo juicio por la caída del edificio Alto Río, los 3 ejecutivos de la inmobiliaria Río Huequén y constructora Socovil no fueron los únicos sentenciados, puesto que el ingeniero calculista, René Pettinelli, fue condenado nuevamente.
Respecto a éste, la Corte Suprema, en la misma determinación, declaró que era improcedente la adhesión a los recursos de nulidad que hizo René Pettinelli, quien es el único condenado en los 2 juicios anteriores, por lo que no tendría la opción de poder recurrir esta vez.
Su defensora penal pública, Sandra Betancourt, afirmó que, en caso que la Suprema acoja las nulidades, un nuevo juicio también tendría que incluir a Pettinelli.
"En la resolución, en la parte final, la misma corte deja la puerta abierta a esto, puesto que si se acogen los recursos por aquellas causales que son infracciones a las garantías fundamentales, necesariamente debe favorecer a René Pettinelli. No puede haber una persona condenada, donde abiertamente se diga que hay vulneración de estas garantías", señaló.
Quienes en ningún caso tendrían participación en un eventual tercer juicio oral serían las otras 4 personas que estuvieron imputadas: Pedro Ortigosa de Pablo, Mario Valeria, Héctor Torres y José Luis Paredes, puesto que en los procesos anteriores fueron absueltos por la justicia.