Proyecto de factura electrónica listo para transformarse en ley
Norma establece como obligatoria la factura digital, modernizando y simplificando la gestión tributaria para los contribuyentes.
El proyecto de ley sobre facturación electrónica se aprobó ayer en su tercer trámite en el Congreso, tras lo cual ha quedado en estado de convertirse en ley.
Además de establecer como elemento principal la factura electrónica o digital como obligatoria, este proyecto incluye una serie de modificaciones a la Ley de la Renta y al Código Tributario con objetivos diversos.
"En lo que se refiere a la facturación electrónica, esta contribuirá a la simplificación y modernización tributaria y a reducir la evasión. Desde la perspectiva de los contribuyentes, significará la simplificación de trámites a realizar ante el SII, disminuyendo los costos de transacción asociados y facilitando, a su vez, el cumplimiento de sus obligaciones tributarias", explica Natalia González, directora del Programa Legislativo de LyD.
El uso de la factura electrónica permite postergar el pago del IVA desde el día 12 al 20 de cada mes, de manera que la masificación de este instrumento mejoraría las condiciones de competitividad de las empresas, en especial para las pymes, que contarían con días adicionales para financiar capital de trabajo.
Las principales modificaciones a la Ley del IVA son: exigencia a los contribuyentes agentes retenedores del Impuesto al Valor Agregado (IVA), la emisión y uso de factura electrónica en reemplazo de la emisión de documentos físicos; Plazos graduales para la entrada en vigencia de la ley, los que consideran la situación de las empresas más pequeñas, como se ha señalado. Se incorporó una obligación legal para el SII de mantener y administrar un portal web para que las empresas de menor tamaño, entre otras, puedan utilizar esa plataforma para emitir las facturas electrónicas.
El plazo general para hacer exigible esta nueva obligación es de 9 meses desde la publicación de la ley en el Diario Oficial (DO).
Se regularon expresamente casos de excepción a la aplicación en régimen de la facturación electrónica (casos de catástrofe; zonas sin cobertura de internet; sin suministro de energía eléctrica), incorporándose un procedimiento que permita a las empresas facturar en papel y así dar operatividad al negocio.
Se trasladó la decisión de determinadas materias (como llevar contabilidad electrónica) desde el SII, como inicialmente lo contemplaba la iniciativa, al contribuyente, entre otras.
Se excluyen de la obligación de emisión electrónica a las boletas y guías de despacho las que podrán emitirse en formato digital.
Se establece que el crédito fiscal IVA de una factura electrónica quedará determinado en el periodo en que el comprador o beneficiario otorgue "el acuse recibo" a dicha factura. El fin es generar un incentivo para evitar la postergación injustificada de este acuse de recibo. La medida apunta a optimizar el acceso al financiamiento, al mejorar el mérito ejecutivo de la factura y, por tanto, permitir al vendedor acceder al financiamiento en mejores condiciones, por ejemplo a través de factoring.
"Es una medida correcta que apunta a solucionar el problema financiero que se produce al ser el pago del IVA independiente al pago de la factura.