Principal fundamento acogido por tribunal fue información errada entregada por Jaime Tohá respecto a que no habría tsunami.
En un antecedente importante para las futuras determinaciones de los tribunales de justicia en esta materia podría transformarse el primer fallo de la Corte Suprema que ordenó al Fisco pagar una indemnización de $55 millones a la familia de una de las víctimas de Talcahuano por el tsunami registrado el 27/F.
Paralelo a la investigación efectuada por la fiscal Solange Huerta, en el ámbito penal, hay una serie de demandas civiles presentadas por parientes de fallecidos y afectados por el terremoto y tsunami, en donde se circunscribe la sentencia entregada ayer por la Tercera Sala del máximo tribunal del país, la que acogió, por mayoría, un recurso de casación presentado en contra de fallos anteriores del Tercer Juzgado Civil de Concepción y la corte de apelaciones penquista.
Mario Ovando Garcés, vecino del sector Santa Clara, y su familia, escucharon por radio la declaración del ex intendente regional del Bío Bío, Jaime Tohá, quien señaló que, luego del terremoto, no existía riesgo de tsunami en nuestra zona.
Este fue el fundamento básico de la demanda en contra del Estado que el abogado Adolfo Ortega interpuso en representación de la viuda de Ovando, María Valenzuela Flores, 3 hijos y un nieto de la víctima fatal.
"Esto fue determinante en el fallecimiento del señor Ovando Garcés, ya que si el intendente no hubiera dado esta información errónea y se hubiera recomendado a la gente huir a lugares altos, no habría perdido la vida", comentó el profesional.
Opinó que la Corte Suprema no sólo se puso del lado de las víctimas, sino que en el corazón de ellas, "porque comprendió absolutamente el dolor y la terrible situación que le tocó vivir a esta gente", señaló.
El abogado Leonardo Mello, quien representa a querellantes de Santa Clara en la causa penal, opinó que la sentencia de la Corte Suprema puede ser un importante antecedente, más que nada en las futuras determinaciones civiles por las demandas relacionadas con el 27/F.
"Lo sería desde el punto de vista administrativo, del consejo resolutivo en el Consejo de Defensa del Estado (CDE) y de quienes están detrás de ellos, en cuanto que el daño se produce día tras día, las víctimas no han tenido apoyo psicológico, hablarles de juicio, de demandas y de tribunales es para ellos, simplemente, recordar que el Estado no estuvo presente, pero sí lo estuvo para construir un monumento o como instrumento para usar el tema como pelea política", señaló.
Agregó que se trata de un volumen importante de juicios civiles que el Estado debería replanteárselo desde todo punto de vista. "El fallo tiene mucho de la mano del nuevo presidente de la Corte Suprema (Sergio Muñoz, quien integró la sala que entregó la sentencia y es uno de los que votó a favor de la indemnización). Puede ser una señal de acercamiento a un concepto de justicia más ciudadana de los tribunales", comentó.
Ortega, por su parte, no compartió la perspectiva respecto a la importancia que tendrá el fallo en futuras determinaciones por el 27/F, puesto que el argumento planteado en la demanda interpuesta es diferente al usado en otras demandas por el mismo hecho.
Para la familia de Mario Ovando, éste es un héroe, porque una vez que llegó el agua al sector de Santa Clara, el jubilado de Huachipato, de 66 años, se preocupó de mantener a flote a sus seres queridos, preocupado de sus hijos y nietos.
Esto produjo que tragara mucha agua con lodo, lo que le causó, el 2 de marzo de 2010, la muerte en el Hospital Las Higueras de Talcahuano, producto de las secuelas de una asfixia por inmersión.
La viuda de Ovando, María Valenzuela Flores, afirmó que la víctima fue un puntal durante la crisis. "A mí y a una hija nos ayudó para mantenernos a flote, pero el mar fue más poderoso", aseguró.
Valenzuela manifestó impotencia por todo lo que ocurrió esa noche, en referencia a las equivocaciones, aseveró, en la entrega de información por radio.
"Se cometieron errores, por eso estoy agradecida de la justicia por reconocer eso. Las noticias que entregó el intendente nos dio la confianza de quedarnos en la casa y esa es la impotencia grande que nos da como familia", relató.
Agregó que "no me devolverán a mi marido, pero ya no quedo con ese dolor tan grande que tenía, porque no se habían reconocido todas estas fallas de alertas falsas que se dieron".
María Valenzuela señaló que el periodo posterior a la tragedia fue muy complicado para ella y sus seres queridos.
"Tuvimos hartas dificultades, pero salimos adelante, él (Ovando) era el jefe de la familia y un pilar importante, quedamos a la deriva, no sabíamos qué hacer y pasamos muchas necesidades", comentó la viuda.
La sala que determinó el inédito fallo estuvo compuesta por los ministros Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry y Carlos Cerda (suplente), además del abogado integrante Jorge Lagos.
Los ministros Carreño y Pierry votaron en contra de acoger la casación, argumentando que "no existía prueba suficiente ni idónea que permitiera sostener, por una parte, que los demandantes y quien falleciera se encontraban el día 27 de febrero de 2010 en su domicilio de la población Santa Clara y que allí hubiesen sido atrapados por las olas que inundaron ese sector y, por otra, que cualquiera de ellos había efectivamente escuchado el aludido mensaje radial de la máxima autoridad regional", apunta el escrito.
Originalmente la demanda civil por la muerte de Mario Ovando buscaba una indemnización de $300 millones para la familia de la víctima, pero la Corte Suprema determinó el monto en $55 millones. De éstos, $20 millones son destinados a la viuda del porteño, otros $30 millones se reparten en partes iguales entre los hijos Roberto, Mario y Paulina y los restantes $5 millones para el nieto Álvaro Muñoz Ovando.
Para el abogado Adolfo Ortega, más allá de los recursos que fueron ordenados a pagar por parte del Fisco, el fallo lleva tranquilidad a la familia respecto a lo ocurrido con el fallecido.