Admiten vacíos legales para sancionar publicaciones ofensivas en Internet
La "funas" en redes sociales se han convertido en los últimos años en una de las prácticas más frencuentes para denuncia a personas o servicios fallidos. Una cuestionada modalidad a nivel mundial, que también ha tenido impactos en el Biobío.
A inicios de mayo, la Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección en favor del dueño de un taller mecánico en Hualpén y ordenó a un cliente el retiro total e inmediato de los comentarios subidos a la red social Facebook y abstenerse en lo sucesivo de publicar otros similares.
El caso reabrió el debate sobre las implicancias y la responsabilidad sobre los mensajes publicados en las distintas redes sociales; junto con el vacío legal que existe en el país para perseguir aquellos comentarios que afectan la honra de las personas versus la libertad de expresión.
De acuerdo a las cifras del Tribunal de Alzada penquista, a la fecha existe una decena de fallos que han tratado la misma materia, entre ellos la obligación a algunos portales de noticias a eliminar publicaciones que han sido consideradas perjudiciales.
VACIÓ LEGAL
El ministro de la Corte penquista, Hadolff Ascencio, menciono que desde hace un tiempo a esta parte se han presentado distintas causas de este tipo. La mayoría de ellos han acogido los recursos y en consecuencia se ha ordenado retirar los mensajes de las redes.
"Eliminarlos de las plataformas de las redes sociales, a la vez de ordenar a la persona en contra de la cual se ha recurrido, vale decir aquella persona que ha subido ese mensaje, a que se abstenga en lo sucesivo a que se abstenga de hacerlo en el futuro", indicó.
No obstante, el magistrado reconoció que existe un vacío legal frente a este tipo de acciones en redes sociales, sobre todo cuando las conductas se repiten en nuevos perfiles creados por quienes han sido ordenados lo contrario.
"La regulación no sólo nacional e internacional no va de acuerdo a la innovación que han experimentado las redes sociales. Si en la medida que estos portales son sorprendidos a bajar una determinada información y lo vuelven a hacer bajo un cambio de identidad, habría que nuevamente accionar sobre ellos. Una buena regulación sería que para el evento que eso aconteciera aplicarles sanciones, fuertes sanciones. Ahí la cosa cambiaría de inmediato", enfatizó Ascencio.
HONRA AFECTADA
En febrero pasado, el nombre de Richard Burton Garrido comenzó a circular en distintos perfiles de redes sociales, luego que un clienta de su taller decidiera "funarlo" por un presunto mal servicio en un taller de propiedad del afectado. La publicación fue compartida más de mil veces.
Sobre esto, la quinta sala de la Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso de protección presentado por Burton y ordenó que José Luis Carrasco Durán eliminara todos los mensajes ofensivos.
En la resolución, el tribunal estableció "Que la aparente colisión de derechos entre la libertad de expresión y la honra, no es realmente tal, desde que la primera tiene su límite en la segunda, de suerte tal que toda persona es libre de expresar sus opiniones libremente y sin censura previa, sin embargo, cuando con ellas se afecta o puede llegar a afectar la honra de terceros, quien hace los comentarios deberá asumir sus responsabilidades por la afectación del derecho de otro"