Aborto: centros privados de salud aún analizan si serán objetores de conciencia
A cinco días de que comenzara a regir reglamento de objeción de conciencia institucional e individual que establece la ley que despenaliza la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en tres causales, ninguna entidad privada de salud del Biobío que tiene áreas de ginecología y obstetricia (maternidad), ha informado su decisión a la Seremi de Salud en relación a la objeción de conciencia institucional.
La Seremi de Salud, que es el organismo que analiza la documentación entregada y autoriza la objeción para los recintos, informó que hasta el momento ningún recinto privado ha ingresado el Formulario Único de Declaración de Objeción de Conciencia Institucional para formalizar su objeción en alguna o en todas las causales que estipula ley: riesgo para la vida de la madre, inviabilidad fetal y embarazo por violación.
En específico, la Seremi de Salud informó que las entidades que deben oficializar su postura son la Clínica Universitaria, Clínica Sanatorio Alemán y Clínica Biobío de Concepción, además de la Clínica Los Andes y Adventista de Los Ángeles.
CLÍNICAS
Dos de las tres clínicas consultadas en la zona informaron que están en estudio y análisis final para definir si serán o no objetores.
Desde la Clínica Universitaria de Concepción informaron que "respecto a una eventual declaración de objeción de conciencia institucional, esto es aún materia de estudio a nivel de directorio".
Pese a que aún no adopta la decisión, la entidad informó que el recinto tiene implementados los protocolos y equipamientos necesarios de acuerdo a lo que la ley y sus reglamentos estipulan.
En una situación similar se encuentra la Clínica Sanatorio Alemán. Comunicaron que "en estos momentos nos encontramos en una etapa de revisión y análisis final, a fin de tomar una decisión al respecto".
Asimismo, sostuvieron que darán estricto cumplimiento a la normativa vigente y, en lo que dice relación con la objeción de conciencia institucional, se informará a la Autoridad Sanitaria, en caso que corresponda.
Pese a solicitar un pronunciamiento, la Clínica Biobío fue la única que no informó en que etapa de decisión se encuentra.
PLAZOS
Desde la Seremi de Salud informaron que pese a que el reglamento entró en vigencia el 7 de noviembre, no existe un plazo para formular la objeción de conciencia. No obstante, ellos tienen hay un plazo de 10 días para pronunciarse sobre los antecedentes que ingresen.
"Se entiende objetor solo al momento de concluir la tramitación del acto administrativo, el cual concluye con la correspondiente dictación de la resolución exenta en caso de cumplirse todos los requisitos", comunicó la Autoridad Sanitaria, quien especificó que mientras no se realice el trámite, estos recintos de salud privados son considerados como no objetores.
Asimismo, indicó que una vez que se autoriza la resolución, estos quedan registrados en el sitio web del Ministerio de Salud (Minsal) que informa sobre los recintos objetores de salud. Además, la norma establece que los establecimientos que toman esa postura "deberán declarar su condición de objetor en su sitio web institucional e informarla al público mediante avisos visibles instalados, al menos, en sus servicios clínicos de obstetricia, ginecología y de urgencia".
El reglamento establece dos excepciones en las cuál una entidad no puede ejercer objeción de conciencia. La primera es cuando existan convenios con el Ministerio de Salud en prestaciones de obstetricia y ginecología, que por su naturaleza comprendan atenciones en pabellón.
Los recintos tampoco podrá excusarse, pese a estar inscrito como objetores en el Minsal, cuando una mujer que esté en la causal de riesgo para la vida de la madre, requiera atención inmediata e impostergable. En ese caso algún facultativo del recinto de salud debe realizar el procedimiento.
El director del Departamento de Obstetricia y Ginecología de la Facultad de Medicina de la UdeC, Henry Castro Arias, aclaró que la objeción institucional e individual son independientes entre sí. Por lo tanto, expuso que en las instituciones donde se declare objeción de conciencia, ningún profesional que trabaje ahí podrá realizar procedimientos IVE aunque no sea objetor.
"En este caso prevalece la objeción institucional sobre la personal (...) Es decir, el profesional puede hacer los procedimientos en otro centro distinto de este", comentó Castro.
El docente de la UdeC también expuso que la ley estipula que la institución objetora no podrá obligar ni inducir a sus funcionarios a ser objetores y tampoco podrá tomar medidas contra aquellos que no sean objetores u obligarlos a no realizar un procedimiento de estas características en otras instituciones.
Actualmente, el 40% de los 447 profesionales de la salud (médicos obstetras, médicos anestesistas, matronas y técnico paramédico) contratados en los servicios de salud de la Región (Concepción, Talcahuano, Biobío y Arauco) para ejercer acciones en pabellón, son objetores por alguna de las tres causales.