La entrada en funcionamiento en su totalidad de la Reforma Tributaria hará este año que las pequeñas y medianas empresas del país deban prestar principal atención a las declaraciones de impuesto y esto porque por primera vez se integran dos sistemas tributarios que operan desde este año.
Hay que tener mucho cuidado, ya que los plazos se han acortado lo que antes se debía entregar en abril hoy ya lo están pidiendo para marzo. Por ello es que Francisco Goycoolea, gerente comercial de CFC Capital, experto en financiamiento de pymes, entregó algunos consejos aclarando las dudas y errores más frecuentes respecto al proceso.
Es así que planteó revisar exhaustivamente la declaración de renta del año anterior, pues hay que tener en cuenta que si ésta presenta observaciones, será inmediatamente rechazada. "La idea es fijarse en que la del año anterior esté aceptada, así se asegura que está todo en orden", remarcó.
ORDENAR
Aparte, sugirió ordenar los datos para que la declaración coincida con la de años anteriores, es decir, que los antecedentes no cuadren entre un año y otro es uno de los mayores errores cometidos. Para que el formulario pueda ser aceptado de inmediato, se debe llevar un orden en la información.
Un punto clave es declarar montos acorde a lo ya informado. "El SII está al tanto a través del Formulario 29 de IVA de lo que se ha vendido en una empresa, por lo que al declarar la Operación Renta todos los montos deben cuadrar", apuntó.
A esto se suma trabajar de manera ordenada el registro de las utilidades y que correspondan específicamente a cada régimen tributario que se haya seleccionado. Pero si se tiene, agregó, la combinación de ambos, se deben revisar los efectos impositivos de la combinación que se generen con los dos regímenes.
"En el sistema de Renta Atribuida, lo bueno es que la tributación total (la empresa más el socio) es menor, por lo que los activos consolidados entre la empresa y el socio aumentan en mayor proporción. Lo malo es que se genera un problema de flujo de caja si el socio no hace retiros y no tiene el dinero necesario para pagar sus propios impuestos", indicó el ejecutivo.
Agregó que en el sistema parcialmente integrado, no se genera un problema de flujo de caja si el socio no hace retiros, ya que solo se paga sobre lo efectivamente retirado. Lo malo es que la tributación total es mayor, por lo que los activos consolidados entre la empresa y el socio aumentan en menor proporción.
Este año las empresas tributarán en régimen semi integrado, con un 27% de impuesto y las personas naturales podrán utilizar sólo el 65% como crédito por las utilidades generadas desde el 1 de enero del 2017, o en el de renta atribuida con tasa de 25% en Primera Categoría; y con el Global Complementario con un máximo de 35%. Es este aspecto, Carlos San Martín, gerente Tributario de JR Consultores, dijo que cada régimen por separado no tiene tanta complejidad. Lo que sí podría generar complicaciones es la mayor cantidad de declaraciones juradas asociadas al proceso de operación renta y las casuísticas que se podrían generar a nivel de empresa o a nivel de persona natural.
EJEMPLO
A modo de ejemplo señaló que "supongamos la existencia de una sociedad (compuesta por personas naturales y acogida a 14A "atribuida") dueña de otra sociedad (acogida al 14 B) y donde ésta última reparte dividendos. Estos dividendos deben formar parte de la base imponible (RLI) en la sociedad compuesta por personas naturales para pagar el impuesto".
Cree que quizás por parte del SII no existen complicaciones, pero el aumento de declaraciones juradas, el cambio de información en el formulario 22 (Renta) y sumado a esto, la entrada en vigencia del primer año con estos nuevos regímenes complica a los contribuyentes y a los asesores tributarios con respecto a estos temas.
Sumó que hay algunas declaraciones juradas que partieron el 28 de febrero, "pero lo masivo en cuanto a este ítem es durante el mes en curso. En nuestra opinión con todos los cambios que se han producido existe un exceso de declaraciones juradas y un detalle innumerable de datos que se solicitan en algunas, incluyendo información que se presentaba hasta el año comercial 2016 en la declaración de renta".
Ahora, recalcó que lo importante es lo que ocurre con la obligación tributaria con respecto a este tipo de organizaciones, ya que a contar de este año tributario (comercial el 2017), este tipo de organizaciones deberá efectuar declaraciones juradas identificando quienes son los donatarios, entre otras.
Finalmente, respecto a la recaudación fiscal, San Martín estimó que no estará dentro de lo esperado, debido a que hay rentas que no pagarán impuestos por mucho tiempo. Como ejemplo citó aquellas que se acogieron al impuesto sustitutivo al FUT o aquellas que se acogerán a la rebaja con tope de 4.000 UF de la RLI.
EN REGLA
Francisco Goycoolea añadió que en todo este proceso hay que tener la situación tributaria en regla, ya que en una empresa tener los impuestos pagados o por lo menos repactados es fundamental para un buen comienzo de año, de lo contrario no se pueden emitir facturas y la continuidad del giro estará comprometida. "Cabe recordar que obligatoriamente ya son todas las facturas electrónicas, por lo que si hay deudas tributarias se debe ir a la tesorería y pedir cuotas, ante ello se aplicarán multas" explicó.
Finalmente llamó a planificar, pues a diferencia de lo común, marzo es un mes perfecto para aprovechar de armar un plan para el año. En este mes junto con pagar lo habitual que son las remuneraciones y el IVA, vencen también los permisos de circulación de los vehículos, además en abril se viene el pago de las contribuciones y el impuesto a la renta. Es por eso que las pyme deben estar preparadas para afrontar estos gastos y no ver complicado su negocio, planteó.