Reforma al Sernac permitirá aumentar multas y tiempos de investigación de delitos
El polémico fallo del Tribunal Constitucional en contra de algunos aspectos del proyecto de fortalecimiento del Sernac generó reacciones de representantes de diferentes sectores, quienes cuestionaron de la entidad en la reprobación de la reforma. No obstante, los especialistas concuerdan en que si bien los cambios en protección no serán profundos, sí permitirán extender la prescripción de las infracciones y las multas asociadas a éstas.
Esto último es lo que sostiene el director ejecutivo de la Asociación de Consumidores Formadores de Organizaciones Juveniles de Consumidores y Consumidoras (Fojucc), Pablo Rodríguez, quien considera que si bien las normas aprobadas constituyen una mejora, éstas probablemente podrían haber regulado con más fuerza las actividades comerciales.
"Desde nuestro punto de vista, no es suficiente el avance, dado que se pudo hacer mucho más, como establecer y regular determinadas materias que se dirigen a proteger los derechos de los consumidores, donde inclusive se rebajaron las multas que estaban consideradas en el proyecto de ley original. Acá sin lugar a dudas ganó el lobby empresarial", sostuvo.
Inconstitucional
De las 15 leyes orgánicas que fueron revisadas por el TC, un total de 31 normas fueron reprobadas por el tribunal.
Entre las más relevantes se encuentran las referidas a la capacidad del Sernac de realizar mediaciones individuales y colectivas, conciliaciones y aplicar procesos sancionatorios. El argumento por el que el TC calificó como inconstitucional este punto guarda relación con que la reforma no entregaba las garantías mínimas para que un organismo del Estado fiscalizara y sancionara a instituciones privadas, lo que sí ocurre con los Tribunales de Justicia, por ejemplo.
Ello dejó a los consumidores sin una institución estatal dedicada a la detección y condena de las malas prácticas empresariales, según consigna la Fojucc.
Por otra parte, el proyecto también pretendía dotar al Sernac de la facultad de dictar e interpretar normativas e instrucciones generales. Esto último también fue excluido, ya que la reforma esperaba dar un alcance ilimitado al servicio, lo que atentaría contra el principio de que sólo la ley puede fijar reglas entre consumidores y proveedores.
En ese sentido, Rodríguez enfatizó en que "acá cabe preguntarnos algo que desde la academia y las asociaciones de consumidores algo que se dijo durante la tramitación de la reforma, que 'más Sernac es mejor protección para los consumidores'. Nosotros creemos que no, y que se debe pensar en un sistema integral y no en crear un 'mega organismo' que al final del día, tal vez pueda perjudicar más que ayudar".
Primer avance
Entre las normas que no fueron objetadas por el TC, y que por lo tanto, fueron aprobadas tal cual como fueron emanadas desde la Cámara de Diputados, se encuentran las que consideran el reconocimiento de las asociaciones de consumidores como una organización de carácter público, con capacidad para ejecutar contratos civiles y mercantiles de trabajo, y de participar y representar a los clientes en las mediaciones colectivas y demandas.
Tanto las multas como los plazos de prescripción de cada una de las infracciones también fueron aumentados, por lo que entrarán en vigencia una vez que la ley sea dictada.
Sobre este punto, el director de la Clínica Jurídica de la Universidad de Desarrollo (UDD), Marcelo Sandoval, destacó que las sanciones monetarias "en algunos casos aumentarán en más de un 300%. Ello debería funcionar como un disuasivo para las conductas abusivas del proveedor, lo que también sucederá con el aumento del plazo de prescripción para el reclamo judicial de los derechos que el consumidor estime infringidos, el que se incrementará desde los actuales 6 meses a 2 años, tomando en cuenta el punto en el que la falta 'haya cesado'. Esto constituye una forma distinta de contabilizar el periodo".
Otro de los puntos más determinantes aprobados por el TC está constituido por el reconocimiento de la posibilidad de que las empresas generen daños morales colectivos. Esto posibilita que los afectados puedan exigir reparaciones en juicios grupales, siempre y cuando se compruebe la existencia de una afectación a la integridad de las personas.
Finalmente, el aprobado proyecto plantea una serie de obligaciones para los proveedores, entre las que destacan que las asociadas a las telecomunicaciones no podrán realizar ventas atadas o subordinadas a una compra posterior; el establecimiento de agravantes de responsabilidad; la suspensión de publicidad engañosa, dependiendo de la gravedad de los hechos; y la obligación para el distribuidor de indicar expresamente si quiere participar o no de las mediaciones voluntarias levantadas por el Sernac.
puntos pendientes
A pesar de las mejoras, las instituciones reconocen que el gran perdedor por el fallo del TC es el cliente.
En ese sentido, el director de la Defensoría Comunal del Consumidor, Fredy Sanhueza, afirmó que en un próximo proyecto de ley se debería considerar trabajar junto a los compradores, agrupaciones, gremios y municipalidades, con el objetivo de crear una propuesta que descentralice las funciones que hoy recaen en el Sernac.
"Se debe crear una verdadera institucionalidad similar a la medioambiental, con tribunales especializados, una Subsecretaría de Consumo y una especie de Fiscalía. También se debe avanzar en tener asociaciones fuertes, especializadas, y que tengan un aporte basal del Estado para su funcionamiento y sin distinción de enfoques de trabajo. Lo que hace falta, en definitiva, es tomar en serio las vulneraciones a los consumidores", sostuvo el encargado.
De esta forma, explica, el Sernac pasaría de ser un generador de buenos oficios entre las partes en conflicto a un ente garante del funcionamiento correcto del sistema económico.