Fallo abre la puerta a que subcontratistas reciban nuevos dineros
Con fecha 23 de noviembre de 2015, la empresa Consorcio Constructor C y S (perteneciente a Socovesa) y Mall del Centro de Concepción (Ripley Corp S.A.) fueron notificadas del resultado del fallo arbitral que realizó el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) respecto a las demandas que presentaron ambas entidades por incumplimientos en la construcción del recinto comercial ubicado en Barros Arana 1068.
A casi tres años de la presentación -se realizó en diciembre de 2012- el dictamen arbitral determinó que Ripley Corp S.A. deberá pagar a C y S una suma superior a las 141 mil Unidades de Fomento (UF), equivalente a más de $3.600 millones. Este resultado corresponde a la diferencia resultante entre lo que se acogió de la demanda de ambas empresas, C y S y Ripley.
De acuerdo al arbitraje, de las 734.774,56 UF demandadas por Consorcio Constructor, se le otorgaron 259.613,422 UF. En tanto, de las 1.171.525,19 UF demandadas por Ripley, el arbitraje les reconoció 118,139,47 UF.
Desde la multitienda no quisieron referirse en profundidad al fallo y sólo expusieron que su parecer está en el hecho esencial que enviaron a la Superintendencia de Valores y Seguros.
50% A SUBCONTRATISTAS
La importancia de este fallo es que de este monto dependía el pago de la mitad de lo adeudado por C y S a los 20 subcontratistas que prestaron servicios en la construcción del Mall del Centro.
Enrique Hernández, abogado de los subcontratistas, comentó que tomaron conocimiento de la sentencia a través de la página web de la Superintendencia de Valores y Seguros, SVS, que publicó como hechos esenciales de ambas compañías, Ripley Corp y Socovesa, la notificación del fallo arbitral.
"Al hacer una lectura de éste y luego de un proceso que se denomina de compensación, Consorcio Constructor tuvo un fallo, numéricamente favorable en ese juicio arbitral (…). La sentencia final arroja montos a pagar a ambas sociedades. Como eso ocurrió, se compensan ambas sumas y queda un saldo a favor importante para Consorcio, y que tiene efectos directos en los acuerdos que están firmados y vigentes entre ellos y los subcontratistas de la obra".
Hernández aclaró que los dineros que podría recibir cada uno de sus representados aún se están calculando. No obstante, sostuvo que debería corresponder al 20% de la mitad del monto que fue reconocido por el Departamento de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (Dictuc) de la Pontificia Universidad Católica.
Tras el análisis que se extendió por siete meses, el Dictuc determinó que la deuda de Consorcio con los subcontratistas era superior a los $1.200 millones, y no los 880 millones que había reconocido la constructora en un inicio. Por lo tanto, el monto que le correspondería, inicialmente a los microempresarios sería cercano a los $120 millones.
AÚN HAY DEUDA
En marzo de 2013, tras la intermediación del arzobispo de Concepción, monseñor Fernando Chomali, los abogados de Consorcio Mario Rojas, y de los subcontratistas, Enrique Hernández, firmaron el acuerdo para lograr que tres personas se bajaran de la grúa que construía la torre al lado del Mall del Centro.
Ese documento determinó se le cancelaría de forma inmediata la mitad de la deuda reconocida por C y S, lo que ascendía a $440 millones. Este monto, como lo expuso Hernández, fue íntegramente cancelado a sus representados.
Sin embargo, no ocurrió lo mismo con el 50% de saldo que se alegó y resolvió el Dictuc. Este monto era cercano a los $400 millones, por lo que correspondía a la empresa constructora realizar el pago inmediato, luego de esta resolución, de la mitad de esa cifra.
"Consorcio observó el informe y sostuvo que estaba mal técnicamente, por lo que no iba a pagar. La decisión se fundo en el acápite del acuerdo que dice 'que las partes dispondrán de 48 horas para aceptar u observar (el arbitraje del Dictuc). En este último caso las partes se reunirán de buena fe a concordar la liquidación final'. En esta situación de buena fe, determinó que le iba a pagar a cuatro personas y a las otras 16 no", contó Hernández, quien aclaró que desde esa fecha no conocen las razones técnicas, económicas o jurídicas de no respetar el acuerdo adquirido.
Sobre el no pago acordado, Mario Rojas, abogado de Consorcio C y S expuso que se habían resuelto todos los casos, salvo dos, en donde había cesiones de facturas, por lo que no procedía el pago.
En cuanto a la resolución del arbitraje en Santiago, sostuvo que ese tema lo están viendo directamente los fiscales de Socovesa Ingeniería S.A., y de Construcciones y Constructora Cuevas y Purcell S.A., que son las empresas que conforman Consorcio Constructor C y S.