El inicio de los alegatos
A diferencia de los alegatos que el país presenció el 2012 en la demanda peruana, la instancia que se inicia hoy, lunes 4 de mayo, no analizan el fondo de la demanda. Por consiguiente, resulta necesario explicar que es lo que se resolverá en esta etapa del proceso.
Para ello es importante señalar que un proceso en la Corte comienza, además de los trámites formales de inscripción de la demanda ante la Secretaría del Alto Tribunal, con un análisis de la competencia que tiene la Corte para conocer el asunto. Para ello, y después de haber sido notificado de una demanda, un Estado puede solicitar a la Corte que no continúe con el análisis del fondo de la causa que le fue presentada a fin de iniciar un proceso de análisis de los elementos competenciales que establezcan su pertinencia como estamento resolutorio de la controversia.
La Corte puede establecer, y así lo ha hecho en este caso, que las Partes realicen exposiciones de los hechos y también de los fundamentos de derecho que expliquen, exclusivamente, puntos referidos a la excepción y no al fondo del asunto. Lo anterior, no excluye que sea la propia Corte la que solicite a las Partes ahondar en tópicos que pudieran conformar argumentaciones del fondo.
Una vez que la Corte haya escuchado a las Partes, dictará un fallo y por el cual podrá aceptar o rechazar la excepción que se le presentó. En caso que la Corte se declare incompetente, el proceso finaliza y la aspiración boliviana no alcanza la judicialización, lográndose el objetivo de Chile. En caso de que la Corte se declare competente, el Alto Tribunal deberá fijar plazos para el comienzo del análisis del fondo del asunto, consagrándose un éxito boliviano que no puede proyectarse necesariamente al análisis que hará la Corte respecto al fondo del asunto. Por último, está la posibilidad de que la Corte decida declarar que la excepción presentada no tiene un carácter exclusivamente preliminar, por lo que puede postergar su decisión respecto a la competencia hasta después de conocer mayores antecedentes, lo que se logra analizando el fondo del asunto.
Es ante esto que debemos entender que esta etapa es final, y favorable a la aspiración nacional, en caso de que la Corte se declare incompetente, y por el otro lado, es el inicio de un nuevo proceso si declara su competencia, lo cual marca el éxito boliviano en esta etapa.