Chile presenta primera normativa para uso civil de drones en Latinoamérica
Cada vez se ha hecho más común el uso de aviones no tripulados o 'drones'. A tal punto que se les ha dado diversos usos, en la agricultura y la mensajería, lo que ha obligado a los organismos especializados a regular el uso de estos aparatos.
Ayer la Dirección General de Aeronáutica Civil (Dgac) presentó una normativa sobre el uso de drones en espacios públicos, que es la primera regulación de este tipo que aparece en Latinoamérica.
El director de la Dgac, el general Maximiliano Larraechea, presentó la norma y señaló que 'la tecnología de los drones llegó para quedarse. Ha tenido un crecimiento explosivo que ha sobrepasado incluso la capacidad de las agencias para regular su uso'.
La norma establece que las personas o entidades que deseen operar un dron en el ámbito público deberán obtener una autorización de la Dgac.
Los interesados deberán registrar la aeronave, presentar una declaración jurada que certifique que el operador ha recibido instrucción, firmar una declaración de responsabilidad solidaria por si ocurre un accidente y pedir una solicitud de vuelo.
La normativa, denominada DAN 151, especifica los lugares en los que pueden volar los drones y prohíbe que se acerquen a menos de dos kilómetros de aeropuertos o aeródromos, o que sobrevuelen zonas prohibidas por razones de seguridad.
En una primera etapa, los aparatos que se podrán utilizar en público no pueden pesar más de seis kilos y deben volar en un radio de 500 metros de su operador, que no puede perderlo de vista mientras lo controla.
Las multas para quienes infrinjan la normativa llegan hasta los $22 millones. El director de la Dgac añadió que solicitará la colaboración de la policía y los ciudadanos para fiscalizar el cumplimiento de la norma.