Eutanasia: ¿de qué estamos hablando?
Ha reaparecido el tema de la eutanasia. Complejo, con aristas éticas y valóricas que cambian en el tiempo por el envejecimiento de la población y una mayor prevalencia de enfermedades degenerativas, por las nuevas tecnologías que pueden mantener a pacientes prácticamente en forma artificial, el empeoramiento de la comunicación médico-paciente-familia y una mayor autonomía de los pacientes frente a las decisiones de salud que les afectan, plasmada en la Ley de Derechos y Deberes.
El concepto de eutanasia o "bien morir" es antiguo. De hecho está prohibida explícitamente en el Juramento Hipocrático: "A nadie daré una droga mortal aun cuando me sea solicitada, ni daré consejo con este fin". Ello no implica que las sociedades no deban reflexionar sobre esto y tomar decisiones acordes.
No se conoce bien qué piensa la ciudadanía. En la encuesta Bicentenario de la Universidad Católica/Adimark del año 2012, se señala que el 52% de los consultados afirman que estar a favor de "terminar con la vida de los enfermos incurables es un acto justificable bajo ciertas circunstancias". Asimismo, la Encuesta Nacional de la UDP 2010 plantea que el 70,2% está de acuerdo con la afirmación: "Un enfermo terminal tiene derecho a solicitar su muerte asistida". Sin embargo, la falta de definición de un marco conceptual obliga a investigar el tema con mayor profundidad y especificidad.
La Ley de Derechos y Deberes dedica varios artículos al buen morir, señalando que toda persona tiene derecho a negarse a recibir un tratamiento; lo que supone la entrega de información adecuada y no sesgada por parte del equipo tratante (art. 14). En el art. 16 se dice que informada la persona que su condición es terminal, puede negarse a recibir cualquier tratamiento "que tenga como efecto prolongar artificialmente su vida". Puede solicitar el alta (art. 18), aún contra el consejo de sus tratantes y tiene derecho a los cuidados paliativos que le permitan hacer más soportable los efectos de la enfermedad. Esta es una garantía AUGE.
Al revisar textos de Bioética, la definición actual de eutanasia no es clara, pero el consenso apunta a asimilarla a lo que antes se llamaba "eutanasia activa". Es decir, que un profesional de la salud administre algún medicamento cuyo fin directo sea la muerte del paciente. Esto, para diferenciarlo de "sedación terminal", cuando -buscando el alivio del paciente- se administran dosis elevadas de fármacos que pueden eventualmente causar el fallecimiento; "eutanasia pasiva", que es lo que ya está autorizado y no penalizado mediante la Ley de Derechos y Deberes; o "suicidio asistido", cuando un profesional le entrega al paciente o familiares medicamentos cuya administración producirá la muerte, pero no participa directamente.
De esta manera, se propone que la discusión se base explícitamente en la afirmación: la realización en forma intencional y con conocimiento de un acto con la clara intención de poner término a la vida de otra persona, competente e informada que padece una enfermedad incurable.
La historia obliga a ser muy cautelosos, sobre todo cuando la idea de que hay vidas que no valen la pena ser vividas no se origina en el paciente, sino en terceros, o peor, en el Estado. Se debe recordar con tristeza el programa de eutanasia nazi con 300 mil personas asesinadas por tener una discapacidad física o mental.