Facebook, videos, 650 gramos de pólvora, ADN y una tarjeta BIP han sido los elementos de prueba que el Ministerio Público más ha resaltado en el caso de los 'bombazos' ocurridos en Santiago y donde esta semana dos imputados quedaron en prisión preventiva (Juan Flores y Nataly Casanova) y otro (Cristóbal Durán) con arresto domiciliario durante los 10 meses de investigación.
Desde la audiencia de formalización de cargos realizada el reciente martes, es que el ente persecutor ha insistido en el peso y relevancia de las pruebas ya recogidas, mientras que la Defensoría Penal Pública, por su parte, recalca que los elementos son de alto cuestionamiento en efectos jurídicos. Dichos que se resumen en la afirmación de la defensa de que en este caso no se puede hablar de presencia de terrorismo, siguiendo los dichos también esgrimidos por Fiscalía, al indicar que los actos de los tres detenidos configuran una 'célula aislada y compacta'.
El Defensor Nacional (s) y Defensor Regional del Bío Bío, Osvaldo Pizarro, dice al respecto que junto a lo anterior, como contraparte del Ministerio Público, les preocupa el hecho de que antes de la audiencia de esta semana las filtraciones a la prensa marcaran la tónica, dentro de una causa que es de naturaleza secreta.
-Lo que podemos decir y los que nos preocupan es el estado de la persecución criminal respecto del atentado de las últimas semanas. Primero: las filtraciones de informaciones a la prensa, en el contexto de que son investigaciones secretas. Nos preocupa que se quebrante la regla general sobre que estas investigaciones secretas son reservadas para todas las personas que no sean intervinientes.
Las fugas de información a la prensa, ya sea a través de las policías o del Ministerio Público, es un tema preocupante. En segundo lugar resulta aún más preocupante que al citarse la Ley Antiterrorista se filtra información. Esto trae aparejada una sanción penal para quien vulnere ese deber de secreto.
Los defensores efectivamente por voluntad del fiscal pudieron tener acceso a algunos antecedentes de la investigación, pero eso no quita que fue con posterioridad a la audiencia de control de detención, donde se amplió la investigación.
-A nivel internacional existen a lo menos 4 elementos esenciales para poder entender la existencia de un delito terrorista.
Primero, que describa la existencia de un delito que lesionó la vida y/o seguridad de las personas, delitos graves. En segundo lugar, estos delitos tienen que tener una finalidad, la que debe ser probada por el ente persecutor, finalidad que trata de que se busque el vulnerar el orden democrático y constitucional.
En tercer lugar es necesario que estas actuaciones las realicen sujetos que pertenecen a asociaciones criminales. El cuarto elemento es que todas estas conductas, en general, sean atentatorias contra los Derechos Humanos.
Estos 4 elementos son esenciales para considerar un delito terrorista y eso es lo que nosotros cuestionamos, porque por lo menos en este caso no es posible afirmar la presencia de un delito terrorista porque primero se ha hablado de una célula aislada y cerrada.
En esta investigación sólo había una persona que tenía una orden de detención anterior, y que la investigación anterior no lo vinculaba con los recientes hechos. Además, los antecedentes probatorios que se vieron en la audiencia efectivamente eran débiles en esa área.
A propósito de la conocida prueba de la Tarjeta BIP, donde la Fiscalía establece que ella conecta a otros elementos de prueba y acreditan el recorrido de uno de los imputados en el contexto del bombazo, es que Pizarro también genera cuestionamientos al respecto, considerando que los objetos probatorios deben tener peso, tanto en su calidad científica como de metodología, en el levantamiento de información.
'Uno puede afirmar con tranquilidad que una de estas tarjetas hizo un círculo de cobros, pero no podemos afirmar que una persona determinada hizo ese recorrido si no tenemos pruebas inequívocas de esa afirmación. La identificación que se hace del recorrido de la tarjeta con una persona determinada es un segundo error, porque se está identificando a una persona por vestimentas y por el modo de caminar.
Los defensores del caso lo que van a hacer es testear la prueba de cargos que existen hasta el momento. El poder acceder a ellos será en la medida que sea posible frente a la existencia de este secreto. En segundo lugar, verificar la fiabilidad de la información de los antecedentes recopilados, por el momento, por parte del Ministerio Público y los que sigan recopilando.
-Claro, nosotros siempre hemos postulado al uso de pruebas científicas, junto a los protocolos que se empleen para que éstas respondan a los estándares internacionales.
Yo puedo hablar de una prueba científica, pero mi teoría no puede tener ningún tipo de validez y sea cual sea la conclusión que se emita de eso… es inválida.