Educación y democracia
No basta tener un gobierno que sea fruto de la elección popular, es decir, democráticamente elegido, para estar en presencia de una sociedad democrática. Las sociedades democráticas son aquellas en que la democracia es una cultura, donde se entiende que el acceso al poder no da 'patente de corso' para salir a conculcar los derechos, las opiniones y las opciones de la minoría.
Las sociedades democráticas son sociedades abiertas, pluralistas, respetuosas de las opciones de las mayorías y de las minorías, las que se entienden se alternan y en consecuencia son siempre transitorias.
En materia educacional estas sociedades generan una gran diversidad de ofertas tanto en el ámbito de la educación privada como de la pública. En ambos sectores, hay colegios con diversos niveles de exigencias académicas y con una gran variedad de otros requerimientos formulados a quienes requieren sus servicios. Es cierto que los colegios del sector público tienen una menor diversidad, pero ello no es sinónimo de una mayor calidad, ni de acentuada vocación democrática.
En las democracias reales se entiende la democracia como una forma de gobierno al servicio de la libertad. Los gobiernos cuidan no conculcar las libertades vigentes y procuran en lo posible expandirlas. Aceptan que los padres puedan elegir el tipo de formación que quieren para sus hijos y que a satisfacer las características de esa demanda concurran las iglesias, sociedades intermedias interesadas o particulares con vocación para prestar ese servicio.
La libertad de enseñanza implica necesariamente la idea de selección, esta no debiera extrañar aun cuando estén involucrados recursos públicos puesto que el estado apoya las distintas opciones y es al propio tiempo actor en el sistema.
En materia de selección de estudiantes, existe en Chile incluso jurisprudencia que la avala. A mediados de 1998, la Corte Suprema falló a favor de un colegio de la Décima Región un recurso de protección interpuesto en su contra por un apoderado que sintió atropellados los derechos de su hijo y los propios como padre, ante la exigencia formulada a los alumnos para que se presenten con el pelo corto y sin aretes cuando concurran a clases. El fallo de la corte puso las cosas en su lugar. Sentó jurisprudencia en una materia de derechos individuales tan importante como es la educación de los hijos. Los colegios pueden explicitar las características de su oferta educacional y las exigencias formuladas a los demandantes de sus servicios. Si algún joven o apoderado no está de acuerdo con una u otra, haciendo uso de sus derechos pueden proceder a formalizar la matrícula en un establecimiento de características distintas.
El fallo no obligaba a nadie a cambiar de apariencia. Impedir formular exigencias como pretendía el recurso de marras, significa privar a una parte de la población de ejercer libremente sus derechos, que en este caso decían relación con los aspectos formales de la formación elegida.
El sistema educativo puede hacer mucho por la democracia respetando el derecho a llevar el pelo como se quiera, a usar aros si se desea, a aceptar como algo normal la existencia de colegios que formulen o no formulen diversas exigencias y que se empeñen en nivelar hacia arriba las obligaciones académicas. En esta materia los colegios de elite marcan el rumbo y aun cuando sea difícil emularlos debe intentarse seguirlos.